En el andar por la vida

En el andar por la vida, lo importante no es lo que sucede, sino cómo lo interpretamos.

domingo, 30 de marzo de 2025

Seguimos trabajando en ello

De nuevo escribo para poner al día este blog porque, aunque sigo teniendo mi casa desde el año 2013 que empecé en este "andando en un desahucio", a día de hoy no tengo una solución habitacional como derecho recogido en la Constitución, así que, seguimos trabajando en ello.

Este pasado 28 de marzo, he recibido respuesta de Viviendas Municipales de Bilbao a mi nueva petición de vivienda de alquiler social ya que la vía de "carencia de vivienda sobrevenida" fue desestimada, sus alegaciones pertinentes también y la vía judicial posterior, …  también. Ya no me quedaban más alternativas porque la normativa General de Viviendas Municipales de Bilbao lo dejaba muy claro, no obstante … seguimos trabajando en ello.

Mi siguiente paso, poner en conocimiento mi situación al Ararteko, a ver si esta nueva vía me da alguna alternativa habitacional, porque ahora no tengo ninguna cuando me llegue la próxima fecha de lanzamiento (que por eso la vivienda ha sido comprada por otra empresa en diciembre del 2024).

La respuesta de Viviendas Municipales de Bilbao ha sido: 

Estimada Sra. Osta

En relación con su escrito relativo a su solicitud de vivienda, le comunicamos lo siguiente.

Usted solicitó una vivienda municipal por el procedimiento extraordinario de carencia sobrevenida, consecuencia de un desahucio por ejecución hipotecaria. Dicha solicitud fue desestimada en el mes de mayo del pasado año, interponiendo un recurso administrativo, que fue resuelto en el mismo sentido un mes después.

Agotada la vía administrativa, en septiembre, interpone un recurso ante el Juzgado Contencioso Administrativo nº3 de Bilbao, que falla su desestimación el 27 de noviembre de 2024. El plazo de15 días para recurrir dicha resolución ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha finalizado, por lo que debemos entender que la resolución es firme.

Así pues, habiéndose desestimado la posibilidad de acceso a una vivienda municipal por este procedimiento, únicamente puede acceder con una solicitud activa de Etxebide y una antigüedad de 2 años en el empadronamiento en Bilbao, de manera que siendo la demanda muy superior a la disponibilidad de viviendas vacantes, la adjudicación ordinaria de vivienda municipal entre todas las personas que cumplen los requisitos, se realiza en tres pasos:

1.- Cada vivienda que queda vacante, se adscribe a uno de los cupos de atención preferente establecidos en el art. 16 del Reglamento General de Viviendas Municipales (menores de 35 años, discapacidad física, víctimas de violencia de género, familias monoparentales, mayores de 70 años, mayores de 35 años con 10 años de empadronamiento y cupo general).

2.- Posteriormente, un sistema automático de idoneidad selecciona de entre las personas solicitantes que forman parte del cupo asignado para cada vivienda, a quienes son más idóneas en función de tres criterios:

• Accesibilidad: si la vivienda vacante es adaptada, se seleccionan únicamente personas con discapacidad y si no tiene ascensor, solo las menores de 55 años.

• Tamaño familiar: en función del número de dormitorios y superficie de la vivienda vacante, quedan se seleccionadas familias de uno u otro tamaño.

• Ingresos: se seleccionan aquellas solicitudes para las que la renta mensual asignada a la vivienda, no supone más del 25% de sus ingresos.

3.- Una vez quedan seleccionadas las personas más idóneas para cada vivienda en función de los criterios anteriores, la propuesta se realiza en favor de quien cuente con la mayor antigüedad ininterrumpida hasta la fecha actual, de empadronamiento en Bilbao y en caso de igualad, en favor de quien tenga la mayor antigüedad de la solicitud de

Etxebide.

Atentamente

Viviendas Municipales

Por si a alguien le puede servir de referencia en caso de situación parecida a la mía, os dejo el mail que mando al Ararteko.

Asunto: Solicitud de Intervención por Riesgo de Desahucio–Eloisa Osta Hermosilla

Estimado Manuel Lezertua Rodríguez,

Me dirijo a usted con profunda preocupación, solicitando su intervención ante la grave situación de desamparo en la que me encuentro. Mi nombre es Eloisa Osta Hermosilla, con DNI 30566872X, residente de Bilbao de toda mi vida, actualmente en Juan de Garay 27, 48003 Bilbao.

Desde el 2013, llevo viviendo la situación de desahucio de mi vivienda; resumo para poner en contexto.

Me separé del padre de mi hijo por un problema de ludopatía; impago de pensiones alimenticias e impago del crédito hipotecario fueron dos de las consecuencias. Me hice cargo yo del crédito hasta que me quedé en el paro, momento en el que el banco hizo lo pertinente, reclamar la deuda. El problema está en que la propietaria de la vivienda era yo, pero el prestatario era él, pero el crédito pesaba sobre la vivienda.

Por esta razón, ninguna de las asociaciones antidesahucios del momento supieron cómo ayudarme, y me hablaron de la existencia de Viviendas Municipales de Bilbao. Solicité cita con la asistenta y la abogada y a través de ella supe que existía una línea de ayuda para los desahucios “carencia de vivienda sobrevenida”.

Durante este tiempo he seguido todas las indicaciones que se me han dado para acceder a una vivienda de alquiler social, siendo la propia abogada de dicha entidad la que me indicó que debía solicitarla por la vía de "carencia de vivienda sobrevenida", y así lo hicieron, presentando toda la documentación requerida y quedando mi expediente a la espera la fecha de lanzamiento como se me indicó.

Tras años de espera, mi vivienda fue adjudicada al banco en 2016, (a través de una de sus empresas), y no fue hasta finales de marzo del año 2024, que se me notificó la fecha de lanzamiento para el 30 de mayo. Al contactar nuevamente con Viviendas Municipales de Bilbao, me encontré con que tenía que volver a presentar toda la documentación de nuevo ya que, aunque mi caso permanecía, la documentación no por haber transcurrido más de 5 años, algo que hice y de nuevo, siguiendo la tramitación de mi petición por la vía de “carencia sobrevenida”, que fue la considerada por la abogada y por la asistenta de la entidad. Mi solicitud fue denegada a un mes de la fecha de lanzamiento. Desde los servicios de Viviendas Municipales de Bilbao, me mandaron un burofax con la notificación de incumplimiento del Reglamento General y llamé por teléfono para saber qué podía hacer, y a pesar de mis intentos de obtener ayuda y orientación, me encontré con una falta de apoyo y claridad inentendible ante una situación de inminente desahucio. En mi insistencia de petición de ayuda, la respuesta telefónica fue que no me iban a ayudar allí y que tenía dos opciones, bien no presentar alegaciones a la desestimación de vivienda de alquiler social, o bien que pidiera cita para ello y fuera con ellas ya hechas. Al insistir que no sabía qué podía/tenía que alegar y no saber ni por dónde empezar, me aconsejaron ir a mi asistenta social de base, cosa que hice, pero la misma, me dijo que Viviendas Municipales de Bilbao no estaba en sus competencias y lo que sí estaba en sus manos era solicitar una cantidad como ayuda económica para hacer frente a la primera mensualidad de un alquiler de una vivienda del mercado, recurso para el cual no tengo capacidad económica al ser receptora de la RGI.

Ante esta situación de indefensión total en puertas de la fecha de lanzamiento de mi vivienda, me metí a internet, busqué el Reglamento General de Viviendas Municipales, leí los artículos que incumplía e hice unas alegaciones con respecto a lo que entendí que pasaba.

Por otro lado, comentar que, de forma paralela, conseguí la paralización del lanzamiento por vía judicial, ya que la empresa propietaria de la vivienda desde el 2016, tuvo su plazo para requerir la vivienda y no lo hizo. Actualmente, me encuentro sin una solución habitacional ante el riesgo de perder mi hogar, ya que la vivienda ha sido vendida en diciembre del 2024 a una nueva empresa, la cual procederá con una nueva fecha de lanzamiento (adjunto documento de conversación con la asesoría que lleva el tema de mi vivienda a esta empresa).

Mis alegaciones fueron desestimadas y recibí la notificación de ello en junio (recordemos que, aunque no se produjo, la fecha de lanzamiento era para el 30 de mayo; me hubiera quedado en la calle sin respuesta habitacional por parte de Viviendas Municipales de Bilbao).

La única opción que me quedaba ante la desestimación de las alegaciones era interponer una demanda judicial con abogada de oficio, y así lo hice; también fue desestimada por incumplimiento del reglamento en algo básico que era que yo tenía que ser titular del crédito hipotecario por el cual el banco se adjudicó la casa.

Me parece muy grave que algo tan fundamental como es que yo siendo la propietaria que se queda sin vivienda y en la calle, tuviera que ser obligatoriamente la prestataria del crédito para optar a un alquiler social por la vía de “carencia de vivienda sobrevenida”, no haya sido tomado en cuenta por parte de Viviendas Municipales de Bilbao y me encuentre en puertas de un desahucio sin posibilidad ninguna de un lugar donde vivir.

Considero que mi caso es excepcional y que, aunque no se ajusta a los procedimientos ordinarios recogidos en el Reglamento General de Viviendas Municipales de Bilbao (no soy la titular del préstamo hipotecario), sí es un caso de desahucio ya que me quedaré sin vivienda por medio de una notificación judicial con una fecha de lanzamiento.

Hice nueva solicitud para vivienda de alquiler social en diciembre del 2024, no tuve respuesta, por lo cual volví a hacer una nueva solicitud aludiendo a la primera y esta vez sí he tenido respuesta.

No sé qué vía es la mía si no es la de “carencia de vivienda sobrevenida”, pero la ordinaria como Viviendas Municipales de Bilbao me ofrece en su respuesta a mi nueva petición, tampoco es, ya que en el momento que me quede sin casa por desposesión judicial, no cumplo con ningún criterio de prioridad por no llegar a los 70 años, no tener ningún tipo de minusvalía o no tener hijos menores de edad.

Me voy a quedar sin casa cuando llegue una fecha de lanzamiento y eso no es prioritario si no soy la titular del crédito hipotecario, algo surrealista, incoherente e inaceptable de una entidad que tiene un Servicio Municipal de Atención frente a Desahucios, que es un recurso del Ayuntamiento de Bilbao en el que actúan de forma coordinada los servicios sociales municipales y el OAL Viviendas Municipales, para dar respuesta a las posibles situaciones de exclusión residencial originadas por la desposesión judicial de vivienda.

También apelo al artículo 47 de la Constitución Española: "Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho.", y a la Resolución 2025R-3153-24 del Ararteko de 17 de febrero de 2025 que “Recomienda al Organismo Autónomo Local Viviendas Municipales adscrito al Área de Vivienda del Ayuntamiento de Bilbao que adopte las medidas necesarias para garantizar el derecho al disfrute de una vivienda digna y adecuada”.

Por todo lo expuesto, y porque sujetar una situación de esta envergadura durante tanto tiempo, resulta extremadamente duro y despiadado, solicito su urgente intervención para que se me proporcione una solución habitacional adecuada lo antes posible, a poder ser antes de la notificación de la fecha de lanzamiento, antesala del día de desahucio de mi vivienda.

Agradezco de antemano su atención y quedo a su disposición para proporcionar cualquier información adicional que consideren necesaria.

Atentamente.

Nota* Adjunto documentación que acredita los hechos:

a- DNI

b- Empadronamientofebrero2025

c- RGI2025

d- Fecha de lanzamiento-30 mayo 2024

e- Desestimación de vivienda de alquiler-2024

     Alegaciones 2024

     Desestimación de alegaciones 2024

f- Alegaciones abogado anulación fecha de lanzamiento-2024

     Nulidad de lanzamiento 2024

g- Cesión de la casa a nueva empresa 2024

    Conversación con gestoría que gestiona tema de la vivienda

h- Diciembre2024-nueva petición de vivienda de alquiler social

    Marzo2025- nueva petición de vivienda de alquiler social ante la no respuesta de la anterior

   Respuesta a la petición

Y esto es todo por el momento; queda esperar que ocurre con esta nueva vía de intentar algo, porque … seguimos trabajando en ello.

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