En el andar por la vida

En el andar por la vida, lo importante no es lo que sucede, sino cómo lo interpretamos.

martes, 21 de mayo de 2024

Alegaciones

andando en un desahucio

Tras mi paso ayer por mi asistenta social de base y tras darme cuenta de que no puede ayudarme en mis alegaciones para hacer frente a la desestimación de mi petición de vivienda de alquiler social en Viviendas Municipales, he pasado a redactar yo el documento con mis alegaciones que llevaré en mi cita con la asistenta social de dicha entidad.
He tenido que coger el Reglamento General de Viviendas Municipales y escudriñarlo para poder hacer las alegaciones que os paso a continuación.

Mi nombre es Eloisa Osta Hermosilla, con DNI 30566872X, domiciliada en la calle Juan de Garay 27, 3º izda. dcha. Bilbao 48003 (adjuntado documento), vivienda cuya fecha de lanzamiento en el próximo 30 de mayo de 2024 (adjuntado documento).

Ante mi desconocimiento y tras mi implorada petición de conocer el significado del burofax recibido con la desestimación de mi petición de vivienda de alquiler social,  y ante la imposibilidad de que telefónicamente me lo aclararan para saber qué puedo hacer o qué alegaciones puedo poner, me instaron a llamar a mi asistenta social de base para que me ayudara ya que (según la persona que me atendió telefónicamente) solo disponía de dos opciones: cita para llevar las alegaciones hechas ya por escrito porque ahí no iban a hacérmelas o no hacer alegaciones.

Tras acudir a mi asistenta de base y no saberme decir la misma el por qué mi petición no reúne los requisitos reglamentarios y por lo tanto no me pudo ayudar a hacer las alegaciones, he pasado a hacerlas yo y aportando nueva documentación, sabiendo que desconozco si responden a la petición necesaria para cumplir el art. 66.3 a) y para que mi solicitud pueda estar conforme a la matriz de anexo III en los términos del art. 69.

La solución por parte de lo que me puede ofrecer desde la asistencia social de base, es la aportación de dinero para solventar el pago de un alquiler durante los dos primeros meses hasta que me concedan una ayuda para dicho pago; esta solución es inviable en mi caso puesto que la posibilidad de alquiler en estos momentos, es de suma complicación (depósito de cuotas, avales, nómina, …) y a un coste económico inaccesible para mí, aunque consiga alguna ayuda para ello.

Ante esta situación de escasa solución en mi caso y ante mi desamparo por parte de Viviendas Municipales para poder hacer las alegaciones conforme a lo que me piden,

ALEGO:

Llevo a la espera de esta fecha de lanzamiento unos 10 años; ya ha llegado y tal y como me dijo en su momento la persona que gestionó mis tramitaciones con Viviendas Municipales, hasta no llegar legalmente la fecha de lanzamiento, tenía que esperar y mi expediente por la vía de carencia de vivienda sobrevenida, permanecería archivado hasta dicho momento.

Tras todos estos años creyendo que tengo derecho a carencia de vivienda sobrevenida como vía de adjudicación de vivienda de alquiler social y creyéndolo porque el personal que me atendió así me lo hizo saber (y en lógica a mí me pareció que mi caso cumplía los requisitos) y tras haber tenido una cita recientemente con la abogada, aportar la documentación que se me pidió (en mi caso no estaba guardada por ser de hace más de 5 años), y tras haber tenido otra cita con la asistenta social para actualizar los datos que tenía sin demandar más documentación, en ningún momento se me ha comunicado que la vía de carencia de vivienda sobrevenida no era la apropiada y que no cumplía con el Reglamento General.

Se me notifica por burofax tras más de un mes esperando respuesta (primera cita con la abogada el 11 de abril) y a día 20 de mayo de 2024, siendo la fecha de lanzamiento de mi vivienda el 30 de mayo de 2024.

Viviendas Municipales de Bilbao, como Organismo Autónomo Local, adscrito al Área de Vivienda del Ayuntamiento de Bilbao y cuya misión es satisfacer la demanda de vivienda digna de las personas de Bilbao, a través del régimen de alquiler social, y que además dispone de un programa específico en el cual hay un Servicio Municipal de Atención frente a Desahucios que persigue que la ciudadanía de Bilbao afectada por la crisis económica y haya perdido el piso que ocupaba, pueda tener acceso a una vivienda, debe de tener en cuenta mi caso y no desestimarlo sin más explicaciones que la de no cumplir el art. 66.3 a), o no estar conforme a la matriz de anexo III en los términos del art. 69.

La fecha de lanzamiento de la vivienda donde estoy empadronada (ambos documentos adjuntados), es el 30 de mayo de 2024; reitero, subrayo y encuadro, es el 30 de mayo de 2024.

Por si no ha quedado suficientemente claro; por motivo de desahucio me veo obligada a dejar la vivienda y no sé por qué incumplo de artículos del Reglamento General de Viviendas municipales; no sé qué significan dichos artículos y nadie me los ha explicado hasta este momento.

Me siento indefensa frente a Viviendas Municipales y desamparada por este organismo ya que en vez de buscar la solución habitacional a una residente del municipio que va a ser desahuciada, han encontrado un problema, lo han lanzado y ahí lo han dejado a 10 días de la fecha de lanzamiento y para hacer alegaciones que tendrán que estudiar a 6 días de dicha fecha, con un fin de semana por medio, es decir, entre lunes 27, martes 28 o miércoles 29, tendría que haber una respuesta con carácter de urgencia.

EXPONGO:

Mi caso en concreto:

Mujer nacida el 27-10-1964, parada de larga duración y perceptora de la RGI y de AES para el pago de luz y gas, sin vivienda propia porque fue embargada judicialmente por el Banco Santander Central Hispano S.A. al no ser satisfechas las cuotas del crédito pedido sobre dicha vivienda de Juan de Garay 27 3º izda. Dcha. Bilbao 48003.

Propietaria de dicha vivienda por medio de escritura notarial de donación, en la cual Juan Carlos Calderón Arévalo (prestatario), se obliga a pagar puntualmente las cuotas mensuales, comprensivas de capital e intereses, derivadas del préstamo concedido por el Banco Santander Central Hispano S.A., con el fin de financiar la adquisición de dicha vivienda y que constituye el domicilio familiar (adjunto documento).

Dejando Juan Carlos Calderón Arévalo de ejercer su obligación frente al pago, me hago cargo yo hasta que me quedo en el paro (adjunto documento de sentencia ante la demanda puesta por mi parte a Juan Carlos Calderón Arévalo reclamando dichas cantidades y que acredita dicho pago).

Dejando de poder pagar las cuotas restantes por motivos de la crisis económica que me dejó en el paro, el Banco Santander Central Hispano S.A. procede a la demanda judicial a través de la cual acabó siendo propietario de la vivienda de Juan de Garay 27 3º izda. Dcha. Bilbao 48003.

El Juzgado 1ª Instancia nº 3 de Bilbao y su magistrada Miren Nekane Rodríguez Gómez, me notifica la decisión dictada por la misma con respecto a la demanda del Banco Santander Central Hispano S.A., como tercera poseedora, al margen de que el demandado sea Juan Carlos Calderón Arévalo (adjunto documentación).

Por lo anteriormente expuesto y como propietaria de la vivienda, aunque no como prestataria, solicito la justicia gratuita en el año 2013 (adjunto documentación), es decir, me otorgan la justicia gratuita en el proceso, el cual se encuentra pendiente de señalamiento de subasta.

Nº DE EXPEDIENTE 6380/2013

PRETENSIÓN: EJECUCION HIPOTECARIA LECN

AUTOS: 1574/12

JUZGADO: JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº3 DE BILBAO

N.I.G.: 48.04.2-12/031361

 

Prosigo con mis ALEGACIONES:

·       Desconozco que significa concretamente el art. 66.3 a), que dice:

3.- Tratándose de un suceso derivado de lanzamiento en ejecución hipotecaria u otros derechos de crédito con garantía real incluidos a las personas con carácter de fiadoras hipotecarias además, deberán concurrir las siguientes circunstancias:

a) Se trate de una situación incursa en el ámbito subjetivo de la legislación de protección de deudoras hipotecarias.

Mi alegación al respecto:

Cogiendo la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social, y teniendo en cuenta el artículo 1º, comentar que adjunto fotocopia del escrito (y la documentación que lo acredita) con los motivos por los que mi abogado solicita la suspensión de la fecha de lanzamiento AL JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 3 DE BILBAO

Nota* A día 24 de mayo de 2024, aún no tengo ninguna respuesta al respecto.

Creo que en este documento queda acreditada mi situación actual con respecto a mi implicación en el desahucio de lo que ha sido mi vivienda familiar.

No sé si con esto cumplo con el requisito del art. 66.3 a) y mi situación pasa a ser una situación incursa en el ámbito subjetivo de la legislación de protección de deudoras hipotecarias.

·       Por otro lado, también desconozco qué significa no estar conforme a la matriz de anexo III en los términos del art. 69 que dice:

ANEXO III Sistema de valoración de situaciones de carencia sobrevenida de vivienda para la adjudicación de vivienda municipal

1. SUCESO

El factor enunciado hace referencia a la situación de carencia sobrevenida de vivienda que viene producida en términos de causa-efecto por un suceso extraordinario y/o repentino en materia de alojamiento y/o vivienda y requiere una actuación inmediata, ya que existen indicios razonables de riesgo físico y psíquico pudiendo producirse un deterioro difícilmente reversible. Igual consideración tendrá la desposesión por lanzamiento hipotecario consecuencia de una carencia sobrevenida de recursos económicos.

1er NIVEL: Catástrofe o siniestro definitivo o evento irreversible sometido a corto término, que imposibilita la residencia en la misma. A modo meramente enunciativo, las situaciones de incendio, inundación, ruina funcional declarada, sin perjuicio de cualesquiera otros que análogamente sean así consideradas por la Mesa de Evaluación.

2o NIVEL Infravivienda con efectos perjudiciales sobre la salud física o psíquica. A tal efecto constituirá el supuesto, las edificaciones de presenten en su totalidad o en parte, algunas de las siguientes carencias: No poseer instalaciones sanitarias básicas, abastecimiento de agua, saneamiento, electricidad o iluminación y ventilación suficientes. Manifestar condiciones de la edificación por debajo de los requerimientos mínimos, en relación con los aspectos constructivos Presentar un alto grado de hacinamiento, o en cualquier caso una disponibilidad por residente de 12 metros cuadrados o inferior. La calificación de infravivienda los será de forma automática con independencia del número de residentes cuando la superficie útil no alcance 36 metros cuadrados. En todo caso, la infravivienda no debe ser consecuencia de un deficiente mantenimiento, ni tratándose de un contrato de arrendamiento existir al momento de su ocupación, y requerirá acreditar la reclamación previa de la subsanación.

3er NIVEL: Situaciones de desposesión sometida a condición judicial, salvo falta de pago de la renta, excepto que el desahucio lo sea en los términos del art. 65.

Nota* este sería el nivel que acredito con la documentación presentada anteriormente y complementada con la que adjunto con estas alegacines).

 

2. RESIDENCIA EN EL MUNICIPIO

Se considerarán las situaciones de vecindad efectiva en el municipio, mediante demostración de la misma, en la consideración de que las personas residentes en el municipio han establecido lazos de relación, afectivos y de convivencia con familiares, amistades y vecindario que potencian su estabilidad personal y psíquica, y a las que, la carencia de vivienda en el municipio supondría una situación de desarraigo.

1er NIVEL: Vecindad en el término municipal de Bilbao de más de 10 años.

Nota* Este es mi nivel porque soy nacida en Bilbao, es decir, llevo más de 10 años, tantos como 59 años.

2o NIVEL: Vecindad en el término municipal de Bilbao de 5 a 10 años.

3er NIVEL: Vecindad en el término municipal de Bilbao de 3 a 5 años.

3. SITUACIÓN ECONÓMICA

Los rendimientos brutos de la persona titular y de la unidad convivencial en su caso, han constituido tradicionalmente un factor de ponderación máximo a la hora de valorar las peticiones de continuidad o exclusión del uso y disfrute de una vivienda social. En concordancia se atiende a un sistema reglado que evite la revisión anual de las cuantías, al ponerlo en relación directa con el IPREM. Los ingresos considerados serán los percibidos en las doce mensualidades anteriores, mediante la comprobación documental del IRPF del año anterior y la correspondiente mensual de dichos ingresos: nóminas, pensiones, etc. Igualmente se justificará el patrimonio. Se contabilizarán los ingresos ponderados (según la normativa de viviendas de protección oficial hasta un máximo de 6 veces, y su correspondiente en Renta Básica más PAGAMI, en proporción al número de miembros de la unidad convivencial.

1er NIVEL Rendimientos hasta 3 veces el IPREM.

Nota* Este es mi nivel porque con la documentación aportada y la nueva que aporto, queda claramente definida mi situación de perceptora de la RGI y de AES para el pago de luz y gas, además de parada de larga duración sin otros ingresos mensuales que los 840€ de la RGI y sin tener nada de mi propiedad (adjunto documentación de ambas cosas)

2º NIVEL Rendimientos comprendidos entre 3 veces a 4 veces el IPREM.

3er NIVEL Rendimientos comprendidos entre 4 veces a 6 veces el IPREM.

4. UNIDAD CONVIVENCIAL

Es el factor corrector de los ingresos, y a la vez factor revelador de la necesidad de hogar familiar, dado que cuanto mayor número de miembros, mayor es el cumplimiento de la función social de las viviendas municipales. Se parte de que la ocupación por la persona titular en solitario, puntúa 0. No se tendrán en consideración terceras personas a efectos de unidad de convivencia, salvo causas debidamente justificadas y motivadas. Las personas de la Unidad de Convivencia con discapacidad se contabilizarán como dos miembros siempre que cuenten con una Calificación de Minusvalía igual o superior al 65%.

1er NIVEL: Más de cuatro miembros de la unidad de convivencia.

2o NIVEL: Tres o cuatro miembros de la unidad de convivencia.

3er NIVEL: Uno o dos miembros de la unidad de convivencia.

Nota* En este nivel tengo 0 puntos porque soy yo sola la que vivo en mi casa.

5. EMPLEO

La situación de empleo o desempleo así como las condiciones del mismo determinan las posibilidades y dificultades de las personas y de las unidades de convivencia correspondientes, en sus procesos vitales, circunstancias que se tendrán en cuenta a la hora de valorar las necesidades. Se tendrá en cuenta en la medida en que en la UC se encuentren personas en edad de trabajar y no se encuentren incapacitadas para desarrollar una actividad económica en el mercado de trabajo. A efecto de determinación de los niveles que se exponen, se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones: Empleo estable: empleo asalariado fijo y a tiempo completo. Empleo inestable: empleo en economía informal (sin contrato) o con contrato temporal (sin certeza de renovación en un plazo de tres meses vista). Empleo de exclusión: ocupaciones de tipo marginal como venta ambulante, oficios callejeros, reparto de chatarra, etc.)

1er NIVEL: Exclusión grave del mercado laboral: Unidades de convivencia en los que la persona sustentadora principal lleva más de un año en desempleo u hogares con ninguna persona activa empleada. Se asimilan las situaciones de exclusión derivadas de la crisis económica.

Nota* Este es mi nivel porque con la documentación aportada y la nueva que aporto, queda claramente definida mi situación de perceptora de la RGI puesto que por mi edad hace mucho que no recibo respuesta alguna a mis postulados de empleo, al margen de haber realizado ya 4 cursos con certificación en Lanbide y estar en estos momentos realizando otro curso, de lo cual adjunto documentación (aparte todos los cursos sin certificación realizados).

Adjunto, además, CV por si fuese del interés de alguien concertar conmigo una entrevista de trabajo para acceder al mercado laboral.

2o NIVEL: Exclusión moderada, exclusión del empleo estable: Unidades de convivencia con ninguna persona activa con empleo estable.

3er NIVEL: Acceso precario al empleo: Unidades de convivencia en los que la persona principal (y otros miembros) tienen un empleo de exclusión o es inestable.

6. SALUD

Las relaciones de salud-enfermedad constituyen un elemento muy importante para valorar las posibilidades y dificultades que las personas tienen en su vida cotidiana para desarrollar la misma en determinadas condiciones

1er NIVEL: Discapacidad y/o dependencia severas y permanentes. Personas en la Unidad de Convivencia con una Calificación de minusvalía del 65% o más o personas mayores de 65 años con una dependencia continuada precisando ayuda para realizar una o varias de las acciones cotidianas de la vida diaria: lavarse, vestirse, desplazarse, mantener relaciones sociales...

2o NIVEL: Precariedad derivada de problemas de salud. Personas de la unidad de convivencia con una Calificación de entre el 33% y el 65% o personas mayores de 65 años con patologías crónicas que limitan su autonomía, precisando tratamientos médicos continuados.

3er NIVEL: Episodios de enfermedades puntuales o de carácter permanente leve no invalidante.

Nota* Este es mi nivel porque tengo una artrosis degenerativa con condromalacia grado III con afectaciones de grado IV, por lo que me han hecho infiltraciones de acido hialurónico (sin resultados satisfactorios) y la última vez de corticoide, estando a la espera de nueva consulta el martes 4 de junio para valorar resultados y en caso de ser insatisfactorios, valorar fecha de operación para poner prótesis en ambas rodillas.

Entre los nuevos documentos que adjunto está el informe de la resonancia magnética y captura de pantalla de mi carpeta de salud de Osakidetza con citas y tto. medicación.

 

7. INTEGRACIÓN SOCIAL

Teniendo en cuenta las circunstancias de las personas y unidades de convivencia que se encuentran, a partir de contextos de desventaja social, realizando un proceso de inserción mediante actuaciones acordadas con los correspondientes Servicios Sociales, se trata de impulsar los procesos avanzados y satisfactorios como factores potenciadores y posibilitadores de inserción social, cuyos logros sufrirían un quebranto irreversible si, por un suceso sobrevenido, se produjese la pérdida de vivienda.

Dichas situaciones corresponderán a:

Procesos concretos de rehabilitación de evolución satisfactoria.

Realización de cursos de formación y reciclaje profesional para el empleo.

Obtención de titulaciones educativas y adquisición de idioma (inmigrantes).

Acuerdos sobre planes de actuación y/o convenios de inserción suscritos con los Servicios Sociales.

Relación y participación social en el tejido asociativo.

Cuidados de salud procurados de forma constante por indicación médica.

1er NIVEL: Que concurran 5 ó 6 de las circunstancias antes descritas

Nota* Este es mi nivel porque con la documentación aportada queda demostrado que cumplo con 5 de las 6 situaciones (creo que no cumplo con “procesos concretos de rehabilitación de evolución satisfactoria”).

2o NIVEL: Que concurran entre 3 ó4 de las circunstancias recogidas

3er NIVEL: Que concurran entre 1 y 2 de los supuestos propuestos.

8. ELEMENTOS DE DISCRIMINACIÓN POSITIVA

La ponderación del factor social, no puede olvidar la existencia de políticas específicas de actuación positiva que refuerzan la necesidad de intervención social de determinados colectivos. Por ello el presente factor no supone sino la maximización de dichos factores necesaria para el debido estímulo a la incorporación social. Este factor deberá concurrir sobre la persona titular, y el factor debidamente motivado y ponderado sobre cualquiera de las personas de la unidad de convivencia.

Factores o elementos a tener en cuenta:

Familia monoparental.

Una o más personas mayores de 65 años.

Uno o más menores de edad.

Sucesos sobrevenidos sin relación con la vivienda, de carácter traumático y puntual con efectos físicos y psíquicos graves.

Circunstancias de desventaja social por razón de edad, sexo, origen, etnia, etc.

Destinar más del 25% de los ingresos a gastos de vivienda.

Más de una persona en la unidad de convivencia con minusvalía.

Se entenderá que concurre un número de factores equivalente al número de veces que se reproduce la situación dentro de cada factor.

1er NIVEL: Concurrencia de tres o más factores de discriminación positiva.

2º NIVEL: Concurrencia de uno o dos factores de discriminación positiva.

Nota* Este es mi nivel porque con la documentación aportada queda demostrado que cumplo con al menos 1 de las 7 situaciones (que yo crea “circunstancias de desventaja social por razón de edad, sexo, origen, etnia, etc.”).

3er NIVEL: Sin contenido específico.

·       Siguiendo con las alegaciones, el artículo 69 al que se hace alusión dice:

Art. 69.- Sistema de valoración. La propuesta de adjudicación, si la solicitud hubiera superado los requisitos de calificación, será el resultado de la valoración aplicando el sistema que se incluye como Anexo III, siendo indispensable obtener una puntuación mínima de 15.

andando en un desahucio

FACTORES DE PONDERACIÓN POR PUNTOS PARA LA PROPOSICIÓN DE ADJUDICACIÓN DE VIVIENDA POR SITUACIÓN DE CARENCIA SOBREVENIDA DE VIVIENDA

La puntuación obtenida en mi situación y acreditada documentalmente sería:

SUCESO                                                                 3

RESIDENCIA EN EL MUNICIPIO                              2

SITUACIÓN ECONÓMICA                                        5  

UNIDAD CONVIVENCIAL                                         0

EMPLEO                                                                 3

SALUD                                                                    1

INTEGRACION SOCIAL                                           5

ELEMENTOS DE DISCRIMINACIÓN POSITIVA        2  

SUMA TOTAL- 21 puntos

Puntuación necesaria para la propuesta de resolución favorable: 15 puntos.

Ya que uno de los retos de Viviendas Municipales es profundizar en la transversalidad de la vivienda para atender a colectivos en situación de vulnerabilidad, y dada mi condición de mujer de 60 años parada de larga duración por este motivo, en situación de vulnerabilidad económica, nombrada como tercera poseedora en el procedimiento judicial por el cual el Banco Santander Central Hispano S.A. procede a ser propietario de la vivienda de mi propiedad aunque no sea la prestaría, pero sí la que ha pagado cuotas hasta quedarse en el paro,

SOLICITO Y RUEGO POR FAVOR QUE, CON CARÁCTER DE URGENCIA, 

sea revisada mi solicitud para acceder a una vivienda de alquiler social por la vía de carencia de vivienda sobrevenida o por cualquier otra vía que me puedan volver a aconsejar porque, desconozco cual es en estos momentos la vía idónea y más rápida para dicha concesión, puesto que mi fecha de lanzamiento es el 30 de mayo de 2024.

No voy a dejar de ejercer mi derecho fundamental de La Constitución en su artículo 47. El artículo 47 de la Constitución Española declara que todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada y atribuye a los poderes públicos la obligación de promover las condiciones necesarias y establecer las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho.

El Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes en su Área de Vivienda dice:

Desde la Viceconsejería de Vivienda del Departamento de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno Vasco nos esforzamos por acompañar a nuestra sociedad en todas las situaciones vitales en las que interviene una vivienda, prestando especial atención a las viviendas de protección pública y promoviendo una política de vivienda eficaz en la respuesta a las necesidades de nuestros ciudadanos/as y eficiente en el empleo de los recursos públicos.

La misión de la política pública de vivienda es facilitar el acceso a una vivienda digna, adecuada y accesible, a las personas que no pueden disponer de ella en el mercado libre, en especial aquellas en necesidad social debido a la crisis económica, mediante el fomento del alquiler a medio largo plazo como forma de adjudicación preferente de vivienda pública, actuando de forma prioritaria sobre el parque construido, e impulsando la rehabilitación, renovación y regeneración urbanas, todo ello, actuando de forma coordinada y consensuada con todas las instituciones y agentes que actúan en el sector de la vivienda.

La  visión  del  Departamento  de  Empleo  y  Políticas  Sociales  es  lograr  constituir  un  parque  de  vivienda  protegida,  que  dé  respuesta  a  las  necesidades  de  la  sociedad,  con  variedad  de  condiciones  de  uso  y  disfrute,  con  una  dimensión  adecuada  en  cada  uno  de  sus  formatos,  mediante  estrategias  que  fomenten  el  alquiler  a  medio-largo  plazo  y  actuando  en  especial  sobre  el  parque  edificado,  propiciando  un  cambio  en  el  modelo  de  generación    del  parque  de  viviendas  y  en  la  gestión  del  mismo,  adecuándolo  a  los  recursos  existentes,  y  a  los  instrumentos  administrativos  y  legales,  y  atendiendo  de  manera  especial  a  las  situaciones  de  emergencia  social  derivadas  de  la  situación  económica.  

Para conseguir estos objetivos, el área de Vivienda del Gobierno Vasco facilita y promueve la vivienda de protección pública, interviniendo desde el comienzo del proceso en calificación de las promociones, apoyando su financiación, regulando, posteriormente, el procedimiento de adjudicación asegurando la imparcialidad de su ejecución y verificando, finalmente, que el destino de las viviendas es acorde a la normativa vigente.

No sé qué significa en el Reglamento General de Viviendas Municipales lo de carencia de vivienda sobrevenida para que no me concedan por esta vía una vivienda de alquiler social ante mi inminente desahucio, lo que sí sé es lo que significa personalmente, puesto que la consecuencia es que me han quitado mi vivienda hace años y ahora procederán a ejecutar la fecha de lanzamiento, salvo que me notifiquen lo contrario.

Recurriré a Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, al Área de Vivienda, a Viviendas Municipales, Delegación Territorial de Vivienda, Ararteko, Emakunde, el Defensor del Pueblo Europeo, … y a cualquier otra institución, empresa, medio de comunicación o persona que en estos momentos desconozca y me pueda ayudar a no ser una mera desposeída que acepta una situación más de injusticia.

Llevo muchos años defendiendo mi vivienda y mi vida (durante años con menores a mi cargo); muchos años de incertidumbres, papeleos, abogados, juicios y lucha por defenderme ante situaciones claras de injusticia y de vulnerabilidad económica fruto de una violencia económica y violencia vicaria por parte del que fue prestatario del crédito.

Seguiré hasta donde haga falta llegar, sin importarme el tiempo que me lleve y agotaré todos los recursos que tenga en mi mano para poder acceder a una vivienda y que se haga justicia social sobre mi situación; la pasada, la presente y la futura.

Quedo esperando una pronta respuesta puesto que estamos a 24 de mayo de 2024 y el desahucio de mi vivienda es a fecha 30 mayo de 2024.

Dando las gracias de antemano por el tiempo que le puedan dedicar a mi caso.

NUEVA DOCUMENTACIÓN que se aporta

  • ·       Notificación de la resolución de la adjudicación de la vivienda
  • ·       Solicitud de suspensión de Lanzamiento
  • ·       Alegaciones abogado para la suspensión del Lanzamiento
  • ·       Certificado de titularidades registrales
  • ·       Declaración responsable
  • ·       Volante de empadronamiento
  • ·       Documentación Lanbide: alta y renovación del DARDE, RGI, cursos formación,...
  • ·       Informe Resonancia rodillas
  • ·       CV
  • ·       Cédula de notificación del Juzgado 1ª Instancia nº3 (Bilbao)
  • ·       Concesión de justicia gratuita 2013
  • ·       Sentencia de la demanda de cantidades 2011
  • ·       Sentencia del recurso de la demanda de cantidades 2012
  • ·       Escritura notarial de donación de la vivienda

Esto es todo; no sé que más puedo hacer. De momento, me queda ir el viernes a Viviendas Municipales, entregar mis alegaciones y esperar a ver que me dice la asistenta social de las misma y esperar a la respuesta que me den desde este Organismo Autónomo Local adscrito al Área de Vivienda del Ayuntamiento de Bilbao.

lunes, 20 de mayo de 2024

¡Para mear y no echar gota!

andando en un desahucio

 Sí, así es esta situación; ¡para mear y no echar gota! Refrán que me viene como anillo al dedo porque no entiendo nada, de nada, de nada ¡Estoy impresionada! y no para bien. Me he quedado sorprendida, estupefacta, pasmada, … Y voy a añadir atónita, desconcertada, perpleja, turbada, desorientada, confusa, angustiada, desolada, consternada, … ¡No entiendo nada! 

Día 20 de mayo, para el 30 la fecha de lanzamiento de mi vivienda porque aunque mi abogado me ha dicho que la van a suspender (Es todo muy tranquilizador), a día de hoy no tengo ningún documento que lo acredite; tan solo tengo el de la fecha de lanzamiento.

Esta mañana he recogido el burofax enviado por Viviendas Municipales y no doy crédito a la respuesta, no ya porque me hayan desestimado una vivienda de alquiler social, también por el por qué.

andando en un desahucio

"IV.- La petición no reúne los requisitos reglamentarios para producir el efecto de adjudicación de una vivienda del parque público municipal en alquiler, y por lo tanto, debe ser desestimada. No se cumple el art. 66.3 a), del Reglamento General de Viviendas Municipales que señala que se trate de una situación incursa en el ámbito subjetivo de la legislación de protección de personas deudoras hipotecarias.

V- Existiendo causas obstativas a la continuidad del procedimiento para valoración conforme a la matriz de anexo III, en los términos del art. 69, procede sin más trámites a su DESESTIMACION."

¿Vosotras/os sabéis qué incumplo? Pues yo tampoco tras 11 años creyendo que tengo derecho a esta vía de adjudicación de vivienda de alquiler social, y creyéndolo porque la misma abogada de Viviendas Municipales fue la que me instó a que esta era la vía de solicitud y que había que esperar a tener la fecha de lanzamiento ¡Para mear y no echar gota!

En este último tramo del camino, he hablado con la abogada y con la asistenta social de esta institución y ni una ni  otra, me han dicho que la carencia de vivienda sobrevenida no era la vía por la que solicitar vivienda; es la que he solicitado porque es la que me dijeron y resulta que ahora incumplo artículos del Reglamento General ¡Para mear y no echar gota!

Por supuesto que he llamado a Viviendas Municipales y la chica que se ha puesto (tras explicarle mi burofax) me ha dicho que no era la manera pero que iba a decirla a la asistenta si se podía poner al teléfono; no se ha podido poner la pobre, ni llamar después, ni nada, … estará muy ocupada y mi caso no debe ser importante a 10 días de la fecha de lanzamiento.

"Muy empática" con la situación, la del teléfono me ha dicho que si quiero me da cita para llevar las alegaciones que quiera por escrito y ante mi pregunta de qué alegaciones voy a hacer si ni tan siquiera sé qué es lo que incumplo y si tienen razón o no, me contesta que yo veré, que tengo dos opciones; coger cita y traer las alegaciones hechas porque la asistenta no me las va a hacer o no hacer alegaciones. Ante mi insistencia de que me entienda por favor que no sé por dónde empezar, me dice que llame a mi asistenta social de base que ella me ayudará.

Bueno, me he vuelto a quedar como para mear y no echar gota y tras coger cita con la asistenta de Vivienda Municipales para el viernes a las 9'90h, he colgado el teléfono y me he echado a llorar por impotencia y por la indefensión en la que me he sentido. Si no sé qué he hecho mal, ¿Cómo voy a subsanarlo? Si no sé qué incumplo, ¿Cómo voy a solucionarlo? si no sé si es que falta algún documento y cual ¿Cómo voy a aportarlo?

Antes de esta llamada he intentado encontrar información de este art. 66.3 a), del Reglamento General de Viviendas Municipales; nada, no soy capaz de encontrar nada y mira que soy buena buscando información. Me salen páginas que me refieren a la ley de costas y si me voy al Reglamento General, me encuentro que el artículo 66.3 dice:


¿Entendéis algo? ¿Qué hago con esto? 

A ver si he entendido, no estoy en una situación incursa en el ámbito subjetivo de la legislación de protección de deudoras hipotecarias. Déjame pensar, déjame pensar,...

Mi pensamiento de por qué me han denegado la vivienda de alquiler social, es porque la titular del crédito hipotecario no era yo, … ¡yo sólo era la propietaria de la casa que embargaron! una minucia, ya ves ¡Qué pretendo yo que sólo me quedo sin casa y el titular de la hipoteca se va de rositas! (Detrás de cada puerta hay una historia). 

Que lo que yo he pensado sea lo real, no lo sé y es lo que quería saber para encontrar la solución, aunque tarde algo más en conseguir vivienda de alquiler social. Saber qué ha pasado, para poder hacer algo al respecto. Si no es la carencia sobrevenida la vía de solicitud, que me pudieran decir qué vía es a través de la cual puedo solicitar vivienda de alquiler social ¿Tan difícil es de entender? 

Han metido la pata con la vía de solicitud, … jJoder, dime otra! ¡Si no voy a matar a nadie, si sólo quiero encontrar la solución si es que existe! 
No me digáis que no es para mear y no echar gota!

Esta situación tan peculiar de ser propietaria pero no titular del crédito hipotecario, es por la que en su día las asociaciones anti desahucios no me ofrecían salidas, más bien querían mi caso para dar contenido, sentido y protagonismo a su existencia (Merienda de negros), o al menos esa sensación me dio a mí y me comentaron otras personas que conocían las tripas de estas asociaciones.

En fin, que seguido he llamado a mi asistenta de base que muy maja me atendió hace como mes y medio, cuando mi abogado me dijo que tenía que llamarla en vista de que ya había fecha de lanzamiento (seguimos de gestiones) y me dio su tarjeta para que la llamara si necesitaba algo. Pensé que no lo iba a necesitar, pero sí, fíjate cómo nos equivocamos pensando.

Esta sí se ha puesto y sí ha estado empática con la situación y me ha dado cita para mañana a las 11h. para aclararme qué he incumplido (iba a llamar a Viviendas Municipales porque ella tampoco sabe del Reglamento General) y para decirme qué puedo hacer y alguna alternativa que me puede dar ella.

¿Tan difícil es que la asistenta social o la abogada de Viviendas Municipales me llame y hable conmigo para contarme qué ha pasado? ¿Tengo que hacerlo a través de mi asistenta social de base que a su vez tiene que hablar con alguna de ellas porque sabe lo mismo que yo de este tema? ¿con una tercera persona si hablan y con la implicada no? ¿todo este protocolo a 10 días de mi fecha de lanzamiento?¡Para mear y no echar gota!

De verdad que hubiera entendido que me hubieran dicho que de momento no hay piso de alquiler social para mí porque lo necesita una familia con hijas/os, que hubiera entendido que tengo que esperar porque en estos momentos el parque de pisos es escaso y tienen prioridad núcleos familiares donde hay menores... pero que me digan que no doy los requisitos para un piso de alquiler social para solicitarlo por la vía de carencia de vivienda sobrevenida y que no me digan por qué o qué puedo hacer, importándoles entre poco y nada en cómo me quedo y no dando una solución habitacional que es su obligación como entidad pública social que debe cumplir La Constitución en su artículo 47. 


Cuando menos es ¡para mear y no echar gota! … ale, mañana más y mejor, porque tengo asistenta social a la mañana.

Nota* 9 de abril del 2025. He puesto el texto de esta entrada en la IA y me dice:

Este texto es un relato angustioso y frustrante de la narradora ante la inminencia del desahucio y la incomprensible respuesta de Viviendas Municipales. Aquí hay algunas conclusiones clave:

  • Incomprensión y desesperación:
    • La narradora expresa su total incomprensión ante la desestimación de su solicitud de vivienda de alquiler social.
    • La sensación de impotencia y confusión ante la falta de claridad en la respuesta de Viviendas Municipales es evidente.
  • Falta de comunicación y empatía:
    • La narradora critica la falta de comunicación y empatía por parte de Viviendas Municipales.
    • La dificultad para obtener información clara y la falta de voluntad para ayudar agravan su situación.
  • Burocracia incomprensible:
    • La narradora denuncia la complejidad y la opacidad de la burocracia, que dificulta el acceso a sus derechos.
    • La referencia a artículos y reglamentos incomprensibles para el ciudadano común subraya la falta de transparencia del sistema.
  • Sensación de injusticia:
    • La narradora siente que se le está negando un derecho fundamental, como es el acceso a la vivienda, de forma injusta.
    • La situación de ser propietaria pero no titular del crédito hipotecario parece ser el principal obstáculo, lo que resulta incomprensible para ella.
  • Agotamiento emocional:
    • La narradora expresa su agotamiento emocional tras años de lucha y la sensación de estar atrapada en un laberinto burocrático.
    • El llanto y la frustración son manifestaciones de su desesperación.
  • Búsqueda de soluciones:
    • A pesar de la desesperación, la narradora no se rinde y sigue buscando soluciones.
    • Su determinación de obtener información y luchar por sus derechos es evidente.
  • Critica al sistema de ayuda:
    • La narradora denuncia la ineficacia del sistema de ayuda y la falta de soluciones reales para las personas en situación de vulnerabilidad.
    • La falta de voluntad de las instituciones para cumplir con su obligación de garantizar el derecho a la vivienda es evidente.

Conclusiones generales:

  • Este texto es un testimonio de la frustración y la desesperación de una persona que se enfrenta a un sistema burocrático incomprensible.
  • La falta de comunicación, la opacidad y la falta de empatía agravan la situación de las personas en situación de vulnerabilidad.
  • La narradora personifica la lucha por el derecho a la vivienda y la búsqueda de justicia en un sistema que parece ignorarla.
  • La falta de información y la incertidumbre, son los principales factores que le producen mucho dolor a la narradora.
Lo pongo porque no quiero olvidarme de que en esta historia, al margen del nombre que tenga mi situación y de lo ilegal o legal que sea estando aún en mi casa, detrás de cada puerta hay una historia y la mía no ha sido fácil. 

miércoles, 15 de mayo de 2024

Aquí estoy de nuevo


Aquí estoy de nuevo para contaros que ayer me mandó mail el abogado con las alegaciones legales que ha hecho y escribiéndome que la otra parte tiene 5 días para alegar lo que considere, además de señalarme: " La cuestión es que este lanzamiento debería llevarse a cabo por un procedimiento verbal de desahucio y no por el presente al haber transcurrido más de un año desde que se adquirió la titularidad por el rematante o el adjudicatario" y añade "se va a suspender el lanzamiento por nulidad de actuaciones".

La nulidad de actuaciones constituye un trámite incidental, el cual a veces suele ser de previo y especial pronunciamiento y que la propia ley autoriza para invalidar las diligencias y actuaciones practicadas cuando no se hayan ajustado a los trámites establecidos. 

andando en un desahucio

(esto me ha salido buscando que significa)

Le respondo preguntándoles si es seguro que sí, que si se va a suspender a lo que la respuesta por mail la he leído ahora y es: " Sí se va a suspender. Deberán demandar desahucio por precario. Con este escrito se acaba mi labor". 

Le he respondido dándole las gracias por su tiempo y trabajo y que esperaba que así fuera; en su día se ofreció voluntario para llevar mi tema (He encontrado el guía), hemos andado en un desahucio durante unos cuantos años y ha llegado el momento de dejarme (creo que no ve el momento de hacerlo; es opinión personal). Con sus más y con sus menos, ha hecho su trabajo y es de agradecer, aunque sus tiempos y su comunicación han sido escasas e impersonales en este último paseo por el desahucio juntos (sólo una vez contacto telefónico, lo demás, a través de mails y wasaps).

Así que, aquí estoy de nuevo, con todas mis cosas en cajas en el pasillo, salón, cuarto,... y a la espera de que pasen estos 5 días que tiene la otra parte para alegar, pero eso sí, ya he suspendido con mi hijo el traslado de muebles a su trastero.
¡Mi vida en cajas otra vez! Otra vez a ver qué he guardado en cada caja (tienen escrito lo que contienen), sacar lo que es necesario y lo otro, dejarlo en las cajas dentro de un armario hasta la siguiente fecha de lanzamiento, que no sé cuando será (ya tenía de hace 11 años adornos y "prichurradas" en cajas).

Un amigo me dijo ayer que se ha aprobado una ley o algo en la que no se puede desahuciar a nadie en precario hasta el 2028 y  por lo visto es verdad: 

Según esta prórroga, tendría por lo menos 4 años más de casa, me colocaría con 64 años; dentro de 4 años otra vez la historia de pasar por la pérdida/no pérdida de lo que fue mi casa.


Pues se han puesto pesaditos hasta conseguir que el Gobierno cumpla su palabra y lo han conseguido, 



Está claro que es verdad porque ya ha sido publicado ayer miércoles en el BOE
¡Qué bien! Me alegro por los afectados a los que esta ampliación les beneficia, pero …. sin haber hablado con ningún profesional sobre ello, mi lógica me dice que por esta vía yo no puedo tirar o no puedo acogerme, porque yo no era la prestataria del crédito que pesó sobre mi casa y por el cual se la adjudicó el banco. Este ha sido el gran problema de mi caso; yo era la propietaria del piso, pero de  la hipoteca no (Detrás de cada puerta hay una historia). La vía no es por dejar de pagar una hipoteca, la vía es por precariedad, vulnerabilidad económica y exclusión social, … esa soy yo definida por la sociedad.

Así es la cosa y aquí estoy de nuevo, esperando que me manden la famosa carta donde me digan que se suspende la fecha de lanzamiento y esperando a la respuesta de Viviendas Municipales, que de estos aún no sé nada y eso que lo decidían la semana pasada ¡Qué cansino es todo! Parece que esto no se acaba nunca y mirando a las entradas escritas en su día, hay una "Resumen de la jugada", en la que doy casi por terminado el proceso de desahucio y era el año 2015. La siguiente entrada es de hartazgo "El cuento de nunca acabar". Cada X tiempo más de lo mismo; peligro. buscar información, hacer tramitaciones, esperar respuesta, esperar información, buscar soluciones o salidas, esperar resolución, actuar porque no llega la resolución y nos pilla el toro, … por fin resolución y vuelta a empezar … al cabo de unos años, aquí estoy de nuevo.

martes, 7 de mayo de 2024

¡Es todo muy tranquilizador!


¡Puf! Aún sin noticias y el tiempo sigue pasando, quedando cada vez menos días para el 30 de mayo y menos horas para las 10'30h de ese día ¡Es todo muy tranquilizador! 

En el Real Decreto -Ley 8/2023, de 27 de diciembre, en el capítulo IV Medidas de carácter social publicados en el BOE, en su capítulo III Medidas en materia de vivienda, en su sección 2, Medidas medidas para la protección de personas vulnerables en  su sección 2ª adopta medidas para la protección de personas vulnerables: 

Bueno, dice más cosas, que para llegar hasta esta página 172738, me ha costado, porque el Decreto-Ley habla de muchas, muchas cosas y en unos términos que evidentemente, hay que ser jurista para entenderlos, pero de todo lo que he leído saco esta conclusión simple: estoy en situación de vulnerabilidad que puedo acreditar por lo que mi fecha de lanzamiento tendría que posponerse hasta el 31 de diciembre del 2024.


Pero, pasa el tiempo y yo a la espera de saber algo; algo habitual durante todo este proceso de desahucio y me doy cuenta de este detalle porque he empezado a releer mis escritos para acordarme de cómo ha sido esto de andando en un desahucio, qué he hecho y cómo lo he afrontado. La tónica general es la espera a que otros hagan, a que otros decidan, a que otros dicten, …. aquella entrada de su día que se titula las cosas de palacio van despacio, va a ser que es verdad. 
Otra de mis observaciones es que he estado en un continuo pensar que ya llega el final (*) y cada vez que lo creía, había una circunstancia que lo retrasaba, así hasta mayo del 2016, tras lo cual decidí no hacer nada; una continua incertidumbre de mi situación y en aquel entonces agravada porque tenía a mi hijo menor en casa y a mis animales.

Ahora, 11 años después de empezar andando en un desahucio, me doy cuenta que ha sido un proceso tedioso, angustioso, penoso, de sortear indeseables, de topar con buena gente, de esperas infinitas, de tristezas calladas para no alarmar en exceso ni a mi hijo ni a mi entorno, precariedad económica, violencia vicaria,  … complicado, muy complicado.

Como soy una resiliente poco quejica, me encuentro con que, aunque para mí este último mes está siendo complicadísimo a pesar de saber que algún día llegaría, no se ve la importancia  emocional que tiene, para mí. 

  • Como dice mi hijo el pequeño que ya tiene 23 años "siempre te las has apañado" y como siempre me las he apañado, pues no pasa nada. 
  • Como no tengo ya hijos menores a mi cargo, no pasa nada.
  • Como ya sabía que tenía que llegar, pues no pasa nada. 
  • Como sigo haciendo cosas en la vida, pues no pasa nada.
  • Como estoy organizando voluntariamente un viaje para el grupo de familias "Guerreros/as púrpura", será porque estoy estupendamente bien y … parece que no pasa nada.
  • Como no estoy llorando por la esquinas visibles, pues no pasa nada.

Nada, no pasa nada por mi interior. Debo ser de hierro y no pasa nada, peo sí, sí pasa porque no soy impasible, todo lo contrario.


Nada que esconder,
todo en las manos,
lo que soy
y lo que tengo
está aguardando,
esperando el momento,
confiando.

Así ha sido antes
y se lo han quedado,
así será el mañana
para recibir lo dado,
así es el ahora
que estoy andando.

Nada escondido,
todo en las manos,
descubriendo mis muertos
que están danzando,
entre los recovecos
del pasado canso
que aparece de nuevo
con el mazo dando.

Me están viniendo todos los malos momentos del pasado que me han llevado a esta situación; me están viniendo esos momentazos totalmente indeseables en las que terceras personas han actuado de forma despreciable y egoísta con mi familia, porque no ha sido sólo conmigo, también con mis hijos. 

Estoy en ese momento en el que te cae encima todo lo emocional del dolor pasado y no llorado; es como que me miro para atrás a mí misma y me doy pena, muchísima pena. 
Se que es pasado, que ya no está, pero en mi cabeza sí está porque en este mi presente, sigo arrastrando consecuencias de aquello y parte de mi vida relacional con mis hijos es consecuencia de aquellas situaciones evitables que no fueron evitadas.

Ignorantes ciegos

Para alguno y a paladas
llevo por dentro
y o empiezo a repartir 
o me encierro,
pero no me da la gana 
de tener que hacerlo,
que si alguien ha de esconderse
que sean ellos,
que no cumplieron la palabra,
y descuidaron lo bueno,
el bienestar en el vivir 
de sus hijos pequeños.

No sé por qué lo hicieron,
si fruto del patriarcado
e hijos de ello,
o tal vez solo son unos getas,
egoístas, ávaros,
egocentristas y memos,
que tras la separación
se priorizaron ellos
y ti con lo que te quedas,
te las arreglas de nuevo,
y si los chavales pagan
los aires del desconcierto,
de la escasez económica
y mi alma oliendo a muerto,
no les importaba nada
y la rara eres tú con tu vida 
por no llevarla a buen puerto,
entre zancadillas y patadas
y apedreamientos por medio.

Ignorantes ciegos,
lo que pasa en una casa
lo viven los que están dentro
y si hay penuria y tristeza,
por falta de generosidad, 
teniendo y además debiendo,
se masca por los que estemos
en esa casa viviendo
y aunque ellos no se acuerden,
yo sí me acuerdo,
aunque ellos no comprendan,
yo sí comprendo.

Me habéis complicado la vida
y lo he pagado de lleno,
como lo han pagado los hijos
que llevé en mi seno,
a los que no pude cuidar
como yo quiero,
a los que echando la vista atrás
creo que nada entendieron
por ser pequeños,
y ahora que son grandes,
yo ya no lo espero,
porque incluso a mí 
me ha costado nombrarlo,
aún estando padeciéndolo.

Han actuado de forma tan despreciable que me ha llevado al punto de perder mi casa; se dice pronto ¿verdad? Pero no pasa nada porque sólo es material, lo importante es que yo esté bien, que tengo salud, que soy positiva, resolutiva, …. No voy guardar las formas en este momento, no me da la gana.


Quisiera darte las gracias
pero no puedo,
el llanto cubre mi rostro
y el corazón tengo lejos,
recordando lo pasado,
lo viejo que trae el recuerdo,
ahora que sufro su paso,
porque no fuiste certero.

Nos dejaste abandonados,
en manos del desconcierto,
y no fue a mí sola,
ya que vivía con ellos,
con nuestros dos hijos bellos,
que tu falta de generosidad 
en sus vidas también sufrieron,
no sólo yo como madre,
también ellos,
que el infortunio y tu no cumplir
en su hogar como niños lo vivieron.

Tuve que poner nuestra casa
a nombre de un lobo enfermo,
que devoró poco a poco lo nuestro,
lo malgastó en silencio
llevando por encima
la piel de cordero,
porque lo contigo vivido,
a él le hacía bueno.

Sin piedad me dejasteis
tu hermano y tú en el cieno,
y además sin inmutarte 
me dijiste altivo y ciego,
arréglatelas muy sola,
que aunque es mi hermano,
no intervengo,
que te de el dinero alguien,
pues yo no quiero,
si está en peligro la casa,
a mí me importa un bledo,
que aunque también sea avalista,
van a por ti de lleno,
así que vete a otra parte,
porque de nuevo,
a mi me importa un bledo.

Y ahora,
agradecerlo no puedo,
porque tras estos casi treinta  años,
aquí me encuentro,
abandonando mi casa
en consecuencia de aquello,
así que las gracias no me salen
por lo que hiciste sabiendo,
no puedo agradecértelo
y es que además, no quiero.

Es verdad que tengo que admitir que sigo protegiendo que mi entorno no sepa lo duro que está siendo para mí, exceptuando a mi pareja que, mal que bien aguanta el momentazo.

También es de agradecer que se han ofrecido mis amigas a ayudarme a hacer cajas y al traslado de enseres; también mis hijos y mi pareja. Curiosamente, de mis hermanas/os, lo saben dos desde hace un mes y, no ha habido una llamada de que tal van las cosas. Sí, … me resulta curioso y revelador.

Hoy haciendo cajas y revisando que guardar y que tirar, he encontrado algo de mi hermana la peque y la he dicho si quiere se lo guardo; es la única que me ha preguntado qué tal estoy, todo un detalle, en vista de lo visto.

Y me pregunto, ¿da miedo preguntar qué tal estás? ¿Se empatiza con el entorno cercano o ya vamos a nuestro mundo y el resto que se las arregle? Si no vemos cómo se puede sentir el vecino de al lado, una amiga, una hermana, ¡cómo vamos a hacer algo con los de los países de al lado! 

Esta reflexión es un momento de acordarme de todos esos países y esas gentes que están viviendo en una guerra que no han creado; me acuerdo porque de otra forma distinta, yo he estado viviendo en una guerra de vida que no había creado y de la cual he tenido que sobrevivir y que ahora vuelve.

Mis amigas sí me han preguntado cómo van las cosas y que están ahí para lo que necesite. Mi compañero de viaje me recalca una y otra vez que no estoy sola, que está ahí y que no va a ser como el resto que ha pasado por mí vida, que no me dejará en la estacada (Te buscas la vida)

Cierto es que no lo voy contando a los cuatro vientos, que lloro en solitario y en las esquinas de casa (bueno, en este blog y en el de poesía también; terapia personal); pero me encuentro inestable, desesperanzada, con un futuro incierto, despojada de lo poco que tenía, desinformada, a la espera de qué va ocurrir porque nadie me dice nada, ni juzgados que se retrasa la fecha de lanzamiento, ni Viviendas Municipales que me concede un piso de alquiler social.

Estoy a 23 días de la fecha de lanzamiento de mi vivienda y no sé nada de nada, ¡parece un "dèjá vu"!(*) todo el proceso durante estos 11 años ha sido una espera y un no haber noticias; es estar pendiente de la nada; nada por un lado, nada por otro.

He llamado a Vivienda Municipales tras constatar que en el buzón no tenía nada, ni carta ni burofax; me han dicho que están en ello y que en esta semana decidirían mi caso ¡en esta semana! para cuando mandan el burofax me pongo a día 13 y me queda hasta el 30 para saber que hago con mis cosas.

Mandado wasap al abogado preguntando si sabe algo del tema de la anulación de la fecha de lanzamiento, me contesta que de momento nada. De momento nada, … a día 7 mayo y el lanzamiento es el 30. 

andasndoenundesahucio

Si te vas a la RAE, ¡ni sé yo todo lo que te dice sobre el término nada!

Una amiga que me ha preguntado cómo van las cosas y la he contado; me ha dicho "qué mal estar con esa incertidumbre" y sí … es una gran incertidumbre.

incertidumbre

  • inseguridad, inquietud, desasosiego, duda, indecisión, vacilación, recelo, sospecha
    • Antónimos: tranquilidad, certeza


andandoenundesahucio

¡Es todo muy bonito y tranquilizador! 

Nota* 9 de abril del 2025, sigo andando en un desahucio y estoy revuelta con el acoso que estoy sufriendo por parte de la Asesoría que lleva mi casa (Vuelta la burra al trigo), algo que me inquieta ya, que sé que es lo que quieren y para no perderme en esta locura, sigo con mi juego de que la IA me hable del texto de las entradas que he hecho, y ahora le ha tocado a esta de ¡es todo muy tranquilizador!

Este texto revela una profunda frustración y angustia ante la inminencia del desahucio, marcada por la incertidumbre, la soledad y la sensación de abandono. Aquí hay algunas conclusiones clave:

  • Desesperación ante la inacción:
    • La narradora expresa su desesperación por la falta de noticias y la lentitud del proceso, a pesar de la existencia de leyes que deberían protegerla.
    • La sensación de impotencia ante la burocracia y la inacción de las autoridades es palpable.
  • Aislamiento emocional:
    • A pesar de contar con el apoyo de amigos y su pareja, la narradora se siente emocionalmente aislada.
    • La falta de empatía de sus familiares y la dificultad para expresar su dolor contribuyen a su sentimiento de soledad.
  • Reactivación del dolor pasado:
    • La inminencia del desahucio reactiva traumas y dolores del pasado, relacionados con la violencia vicaria y la falta de apoyo.
    • La narradora se enfrenta a una avalancha de emociones reprimidas, incluyendo pena, rabia y resentimiento.
  • Resiliencia y lucha:
    • A pesar de la angustia, la narradora muestra una gran resiliencia y determinación para seguir adelante.
    • Su intención de buscar soluciones y su actitud de "superviviente" son evidentes.
  • Crítica al sistema:
    • La narradora critica la ineficacia del sistema y la falta de apoyo real a las personas en situación de vulnerabilidad.
    • La burocracia, la lentitud de los procesos y la falta de comunicación agravan su situación.
  • Importancia de la empatía:
    • La narradora reflexiona sobre la falta de empatía en la sociedad y la importancia de preocuparse por el bienestar de los demás.
    • La falta de empatía de su circulo cercano, la hace reflexionar sobre la falta de empatía que tiene la sociedad en general.
  • La incertidumbre como tortura:
    • La narradora expresa que la incertidumbre, es lo que peor lleva de toda la situación.
    • La falta de información, es un factor que le produce mucho dolor.

Conclusiones generales:

  • Este texto es un testimonio de la lucha de una persona vulnerable contra un sistema que parece ignorarla.
  • La narradora personifica la resiliencia y la capacidad de resistencia ante la adversidad.
  • La falta de empatía y la ineficacia del sistema agravan el sufrimiento de las personas en situación de vulnerabilidad.
  • La necesidad de información, y la empatía, son herramientas muy necesarias en los momentos difíciles.
Pues tras leer a la IA, me quedo más a gusto, aunque siga pensando que ¡Es todo muy tranquilizador!

sábado, 4 de mayo de 2024

Solución habitacional

Es urgente encontrar una solución habitacional en este mundo indolente; lo digo por la noticia de ayer de que un hombre de 43 años, en pareja y con dos hijas, ayer  mismo sí (Los desahucios siguen) se tiró por un cuarto piso cuando iba a ser desahuciado de la casa en la que estaba de alquiler y no pagaba. 

Ayer leí la noticia y hoy me ha salido de nuevo con los detalles del caso: El padre desahuciado que se tiró ...  La voz de Galicia.

Dentro de los derechos y deberes fundamentales de la constitución hay uno, el 39 en el capítulo 3 que dice "Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia". La familia, bonita palabra, ¿Qué ha pasado con la protección social de esta familia? 

Vale que han paralizado el desahucio, que la comisión judicial devolvió las actuaciones al juzgado ante el hecho de que el hombre se tirara por la ventana, además de quedarse conmocionados, pero me pregunto.... ¿acaso no entra dentro de lo probable que no se encuentre salida en la vida porque los poderes públicos no han asegurado la protección social de la familia? ¿Sabe alguien que pasa por la cabeza de las personas a las que nos van a desahuciar? ¡Si no lo sabemos ni nosotras/os!

Este hombre rogó un aplazamiento y ante la negativa, tomó una decisión en un momento de desesperación vital en una sociedad que te obliga a vivir de una manera determinada y en la cual, muchas personas no tienen los recursos para hacerlo.

Artículo 47 de la Constitución: "Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinente para hacer efectivo este derecho,...."

¿Dónde están los poderes públicos para cumplir la constitución? ¿Dónde están todos lo que han firmado guardar y hacer guardar La Constitución? ¿Por qué no hay aún una solución habitacional a las personas y a las familias? Yo no soy ninguna experta en La Constitución Española, tan solo soy una resiliente de esta vida que me ha tocado vivir y de estar andando en un desahucio.

¡Impresionada de los datos que da el artículo de hoy con la noticia!


Tremendo me parece que estemos así ¡primer trimestre en Vigo 70 órdenes de lanzamiento! Sólo en Vigo ¿Qué está pasando en esta sociedad?

Sacaron el año pasado una prórroga para la suspensión de desahucios que en principio es hasta el 31 de diciembre del 2024 para todas aquellas familias vulnerables sin alternativa habitacional

Estamos a día 4 de mayo, mi fecha de lanzamiento es el 30 de mayo, estoy con casi todo lo de casa metido en cajas y los armarios casi todos vacíos porque aún no se si Viviendas Municipales me va a conceder una solución habitacional o no, mientras espero que decidan prorrogar la fecha de lanzamiento de mi casa. Mientras la inquietud crece y en ese crecer que controlo pero que afecta, mi reflexión es que no me extraña que ante la posibilidad de que una familia se quede en la calle, en un acto de desesperación, falta de control emocional (algunos consideran cobardía porque se van y dejan el muerto a otra/o), de desesperanza, falta de recursos económicos para vivir en esta sociedad, falta de salidas personales, falta de ..., alguien tome la decisión de tirarse por una ventana.

Dentro de todo este mogollo social, menos mal que hay personas y lo digo por las/os trabajadoras/es sociales de Vigo que piden en manifestación tras este suceso algo que llevan viendo hace tiempo y que nadie (y el nadie lo digo por las instituciones) pone solución. 

Vigo encadena tragedias en medio de denuncias de falta de vivienda digna y protección social

En mi caso, no es una casa de alquiler, es una casa que era mía y cuya hipoteca estaba a nombre de un tercero (larga historia) que la dejó de pagar y tras unos años haciéndolo yo y de dejarlo de hacer al quedarme en el paro, el banco hizo lo que tubo que hacer, reclamar el pago de la hipoteca con sus intereses.

Vale, no te pago, me reclamas, --- pero ahora me pregunto yo también …¿se rescató en su día a los bancos con millones de euros? Sí y no los han devuelto.
Bueno, pues una solución puede ser que ahora  paguen ellos la deuda con sus intereses en forma de pisos sociales en alquiler social para aquellas personas que no pueden hacer frente al pago de hipotecas o de alquileres a precio del mercado. Sí pisos en alquiler social, esos pisos que están vacíos y parados, esos pisos que hay, ni se sabe cuantos y que puede ser una de la vías para dar una solución habitacional a quien la necesite y que no nos tengamos que ver con más noticias como la ocurrida en Vigo. Esta es una reflexión mía dentro de mi incultura política de como articular esta posible vía, porque digo yo, algo se podrá hacer, ¡no? Casas vacías de bancos hay, gente que tenía esas casas con necesidad de habitarlas, también las hay. Familias con necesidad de tener un techo, las hay. Pues eso.

No se echa mano a este asunto; los poderes legislativo (a través de las Cortes Generales), ejecutivo (a través del gobierno) y judicial (a través de jueces y tribunales) no son capaces de hacer cumplir una parte de La Constitución:

"Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinente para hacer efectivo este derecho,...."

Vale, vale, no voy a repetir más el artículo 47 de La Constitución Española, pero es ya urgente que algo tan básico como la vivienda tenga una solución ¡Solución habitacional ya! Pero claro, no interesa malgastar el tiempo en estos menesteres, es más importante La Copa del Rey o La Copa de la Reina (y que conste que soy del Athletic, pero que nos movamos por y para él y no por y para personas, me da una gran lástima). Aquí, en esta historia social, estamos todos metidos en el ajo, pero ya se sabe ...  "panen e circenses"