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En el andar por la vida, lo importante no es lo que sucede, sino cómo lo interpretamos.

jueves, 12 de septiembre de 2024

Demanda a Viviendas Municipales de Bilbao


Estuve el martes con la abogada que me ha tocado de turno de oficio para poder poner la demanda a Viviendas Municipales de Bilbao (tras rechazar mis alegaciones) tras pedir en julio la justicia gratuita. Primera impresión de la persona que me ha tocado en suerte magnífica; una mujer clara, directa, empática y me da la impresión que también buena profesional.

Las cosas funcionan a su ritmo y en esto de la justicia gratuita no iba a ser menos; se pusieron en contacto conmigo del bufet de la abogada la semana pasada y la carta de que me concedía la justicia gratuita este lunes día 9 cuando ya tengo la cita con la abogada para mañana día 10. 
Los tiempos de las notificaciones no van parejos, pero bueno, lo damos por bueno porque van.

En previsión de que pudiera necesitar alguna documentación, preparé un mail con la desestimación de mis alegaciones, las propias alegaciones, el auto donde se suspende la fecha de lanzamiento de mi casa, etc.,  y lo dejé en borradores por si me lo pedía; efectivamente, así fue.

Resumen de la cita con la abogada; tenía que estudiar el Reglamento de Viviendas Municipales para ver si realmente no cumplo con los requisitos y que le dijera las fechas exactas de cuando recibí la desestimación a mis alegaciones y cuando pedí la justicia gratuita, para poder saber el margen de tiempo del que dispone para poner la demanda.

Este es el mail que la mandé al día siguiente:

Muy buenos días,

 

Según lo hablado ayer con respecto a las fechas te comento:

 

Notificación de la desestimación de alegaciones 

En el documento pone jueves 6 de junio

En el sobre y escrito por el cartero "7 de junio ausente"

Tengo un blog en el que voy escribiendo desde el 2013 lo que me va pasando con el desahucio por si sirve de algo a alguien en mi misma situación y ahí tengo puesto que recogí el documento el día 11 de junio martes.

 

 

Petición de justicia gratuita

 

En el documento que te envío figura la fecha del 18 de julio

 

Conclusión

El plazo es de 2 meses a contar desde el día siguiente a la a la recepción de la notificación: 12 de junio y su paralización entiendo que sería el 18 de julio.

 

Si necesitas alguna otra documentación, puedo escanear y mandar.

 

Gracias de antemano por el trabajo que vas a realizar y por nuestro encuentro de ayer tan amable y profesional. 


Como mi cabeza ha empezado de nuevo a pensar en este tema (lo tenía aparcado a la espera de que me otorgaran una abogada de oficio), seguido le mandé lo siguiente:

Buenas de nuevo,

Se me ha olvidado comentarte que en el documento en el que figura la nulidad de mi fecha de lanzamiento, hay unos datos:

En antecedentes del hecho:
Comenta que alega la empresa del Banco Santander propietaria de la vivienda, "...................... considera que la Sra. Osta no ostenta la condición de deudor hipotecario sino de untercer poseedor por ser la exmujer del deudor hipotecante D. Juan CarlosCalderón Arévalo cuyo título de propiedad, escritura de donación de fecha26 de diciembre de 2006, ha quedado extinguido en virtud del decreto deadjudicación de 19 de abril de 2016; es más, al no revestir la condición de deudor hipotecario no procede aplicar la protección dimanante del RDL 1/2024, de 14 de mayo,............................Expuesto lo anterior, concluye que la Sra. Osta carece de título suficiente que justifique la ocupación, procediendo mantener su lanzamiento."

En fundamentos de derecho:

En el primero dice literalmente ".......no cabe estimar un análisis simplista............" y alude a que el Banco Santander tuvo que empezar de 0 por no haberme comunicado nada como propietaria (por donación) de la vivienda.

En el segundo contempla que tenía que haberse movido en el primer año desde el momento que fue suya la casa (eso fue en el 2016) y que hacen una interpretación subjetiva del caso porque "sin duda alguna, la Sra. Osta es una tercera ocupante del inmueble, pese a ostentar un título dominical, ......Es más, la Sra. Osta ostenta un título que impondría en su momento su valoración, a los efectos de determinar cuál de las partes sería el titular de un mejor derecho previa valoración de ambos. "

Aunque me comentaste que en cuestión de vivienda, se está obligado a notificar cualquier asunto a cualquiera de los implicados en esa vivienda, en esas puntualizaciones creo/quiero interpretar que dice que si estoy afectada por las consecuencias de haber dejado de pagar el crédito hipotecario pese a no ser la titular del mismo, interpretación en la que cabría estar dentro de los requisitos que se consideran imprescindibles para la petición de una vivienda de alquiler social por la línea de carencia de vivienda sobrevenida.

Para reforzar esta idea, si nos vamos a la web de Viviendas Municipales de Bilbao, encontramos esto que habla de su Nuevo Reglamento : 

Con fecha 7/10/22
.................................." Diversificación en la adjudicación para atender a todo tipo de demandante

En la práctica la adjudicación de vivienda pública irá destinada en una tercera parte a personas en situación exclusión residencial, dentro de los supuestos que establece actualmente el servicio municipal de atención frente a desahucios y el mecanismo revisado de adjudicación por carencia sobrevenida

.................................................."
También dice algo que en mi caso no se ha contemplado en absoluto que dice ".............. Se trata, por tanto, según manifiesta Jon Bilbao, “de apostar por la diversificación en la adjudicación de la vivienda pública para garantizar que quien más lo necesita pueda disponer de un recurso habitacional digno, atendiendo a cada caso particular y sin excluir a nadie”..........................

Estos son los conceptos por los cuales creo que ha sido totalmente injustificable que me hayan desestimado la vivienda de alquiler social y en el modo en el que me la han desestimado, teniendo como tenían toda la documentación en la cual se constata mi situación de vulnerabilidad económica y habitacional al tener una fecha de lanzamiento encima en el momento de la desestimación.

Tengo claro que ahora esa fecha se ha anulado, pero mi idea es conseguir que se reconozca mi derecho a una vivienda en alquiler social en el momento en que me llegue de nuevo una fecha de lanzamiento para dejar la casa.

Si para ello hay que usar la misma vía de adjudicación con modificaciones o usar otra, ya no lo sé pero también en su web dicen con respecto a la modificación del  reglamento :

" .................habrá oportunidades sucesivas para que la ciudadanía y los afectados puedan proponer mejoras o cambios en el texto, no obstante, estamos desde ahora abiertos a cualquier comentario o sugerencia de incorporación o eliminación que la ciudadanía considere, sin necesidad de que esos cambios o meros comentarios deban tener un contenido legal,........................."

Estas son mis consideraciones, por sí crees a bien tenerlas en cuenta.

*Nota- Te adjunto el Reglamento de Viviendas Municipales, además de haberte puesto los enlaces de interés dentro de su web para mi caso.
No sé la utilidad de esta información para ella y no pretendo decirla como hacer su trabajo; tan sólo quiero darle la información de la que dispongo porque hay un refrán que me gusta mucho y que creo que es verdad que dice "Más sabe el tonto en su casa que el listo en la ajena". 
Yo de mi caso sé mucho, de cómo poner la demanda y qué alegaciones son las más pertinentes no, pero considero que cuanta más información tenga mi abogada, mejor podrá discernir la posible solución.

Esto le mandé el miércoles a la mañana y ayer jueves a la tarde me llamó; la vi interesada en mi caso y el tiempo de respuesta me demuestra que ha sido así, que quiere hacer las cosas bien en mi caso, al margen de que ya hablamos que contra el Reglamento General de Vivienda Municipales de Bilbao, está difícil.

Antes de ir a donde ella miré en internet por si podía tener alguna referencia y las reseñas que leí no la ponían bien y quizás condicionada por ello y ver que el bufet no es de los bien puestos, sobrios y elegantes, pensé que a ver quién me había tocado en gracia con cierta preocupación ¡Cuántas veces nos equivocamos en nuestras conjeturas! o también se puede decir que nunca llueve a gusto de todos y a mí la lluvia de esta mujer me ha venido muy bien.

Su visión de mi caso:

La línea a seguir es simple y clara; alegar que aunque no soy la titular del crédito impagado por el cual la casa pasó a ser de la empresa del Banco de Santander, si sufro las consecuencias de ese impago al ser la propietaria de la vivienda embargada y además que esta sea mi vivienda habitual. Esta circunstancia si me hace estar dentro del requisito principal para que me otorguen una vivienda de alquiler social por la línea de carencia de vivienda sobrevenida, por lo que ceñirse a ella sin florituras ni otras informaciones que distorsionen la comprensión de ello, me dijo que es lo más acertado y práctico.

Va a hablar de mi carencia de vivienda sobrevenida por el impago de un crédito hipotecario que pesaba sobre mi casa, el cual yo estuve pagando hasta que me quedé en el paro porque el titular del mismo dejó de hacerlo.

Como estoy de acuerdo con su punto de vista del caso, me parece genial la postura, porque además es la realidad,  así que la demanda a Viviendas Municipales de Bilbao la pondrá mi abogada de turno de oficio en breve para que no se pase el plazo de dos meses para interponerla ¿Qué me ocurrirá después? pues de momento y de nuevo... a la espera, como durante estos 11 años.

Desde luego que esta espera es un algo más tranquila que la vivida hace unos meses "Es todo muy tranquilizador", y también que hace 11 años "Lo que el tiempo se llevó", me sigue pareciendo un despropósito y un "Para mear y no echar gota" que una entidad de ayuda social como es Vivienda Municipales de Bilbao, deje a una persona sin una "Solución habitacional" cuando ese es su trabajo. 

Casi seguro que aunque la demanda a Viviendas Municipales de Bilbao prospere y la jueza o juez decida que si tengo derecho a una vivienda de alquiler social por la línea de carencia sobrevenida, me pasará como la vez anterior; hasta que no tenga una notificación con la fecha de lanzamiento, no podré tramitar nada. Esa es la otra línea a seguir, la de esperar a que me vuelvan a dar una fecha en la que dejar mi casa y yo tenga que pedir otra vez justicia gratuita para ver si puedo hacer algo en el juicio verbal a través del cual me solicitarán que me vaya de mi casa.

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