Estuve el martes con la abogada que me ha tocado de turno de oficio para poder poner la demanda a Viviendas Municipales de Bilbao (tras rechazar mis alegaciones) tras pedir en julio la justicia gratuita. Primera impresión de la persona que me ha tocado en suerte magnífica; una mujer clara, directa, empática y me da la impresión que también buena profesional.
En previsión de que pudiera necesitar alguna documentación, preparé un mail con la desestimación de mis alegaciones, las propias alegaciones, el auto donde se suspende la fecha de lanzamiento de mi casa, etc., y lo dejé en borradores por si me lo pedía; efectivamente, así fue.
Resumen de la cita con la abogada; tenía que estudiar el Reglamento de Viviendas Municipales para ver si realmente no cumplo con los requisitos y que le dijera las fechas exactas de cuando recibí la desestimación a mis alegaciones y cuando pedí la justicia gratuita, para poder saber el margen de tiempo del que dispone para poner la demanda.
Este es el mail que la mandé al día siguiente:
Muy buenos días,
Según lo hablado ayer con respecto a las fechas te comento:
Notificación de la desestimación de alegaciones
En el documento pone jueves 6 de junio
En el sobre y escrito por el cartero "7 de junio ausente"
Tengo un blog en el que voy escribiendo desde el 2013 lo que me va pasando con el desahucio por si sirve de algo a alguien en mi misma situación y ahí tengo puesto que recogí el documento el día 11 de junio martes.
Petición de justicia gratuita
En el documento que te envío figura la fecha del 18 de julio
Conclusión
El plazo es de 2 meses a contar desde el día siguiente a la a la recepción de la notificación: 12 de junio y su paralización entiendo que sería el 18 de julio.
Si necesitas alguna otra documentación, puedo escanear y mandar.
Gracias de antemano por el trabajo que vas a realizar y por nuestro encuentro de ayer tan amable y profesional.
Como mi cabeza ha empezado de nuevo a pensar en este tema (lo tenía aparcado a la espera de que me otorgaran una abogada de oficio), seguido le mandé lo siguiente:
Para reforzar esta idea, si nos vamos a la web de Viviendas Municipales de Bilbao, encontramos esto que habla de su Nuevo Reglamento :
En la práctica la adjudicación de vivienda pública irá destinada en una tercera parte a personas en situación exclusión residencial, dentro de los supuestos que establece actualmente el servicio municipal de atención frente a desahucios y el mecanismo revisado de adjudicación por carencia sobrevenida
Esto le mandé el miércoles a la mañana y ayer jueves a la tarde me llamó; la vi interesada en mi caso y el tiempo de respuesta me demuestra que ha sido así, que quiere hacer las cosas bien en mi caso, al margen de que ya hablamos que contra el Reglamento General de Vivienda Municipales de Bilbao, está difícil.
Antes de ir a donde ella miré en internet por si podía tener alguna referencia y las reseñas que leí no la ponían bien y quizás condicionada por ello y ver que el bufet no es de los bien puestos, sobrios y elegantes, pensé que a ver quién me había tocado en gracia con cierta preocupación ¡Cuántas veces nos equivocamos en nuestras conjeturas! o también se puede decir que nunca llueve a gusto de todos y a mí la lluvia de esta mujer me ha venido muy bien.
Su visión de mi caso:
La línea a seguir es simple y clara; alegar que aunque no soy la titular del crédito impagado por el cual la casa pasó a ser de la empresa del Banco de Santander, si sufro las consecuencias de ese impago al ser la propietaria de la vivienda embargada y además que esta sea mi vivienda habitual. Esta circunstancia si me hace estar dentro del requisito principal para que me otorguen una vivienda de alquiler social por la línea de carencia de vivienda sobrevenida, por lo que ceñirse a ella sin florituras ni otras informaciones que distorsionen la comprensión de ello, me dijo que es lo más acertado y práctico.
Va a hablar de mi carencia de vivienda sobrevenida por el impago de un crédito hipotecario que pesaba sobre mi casa, el cual yo estuve pagando hasta que me quedé en el paro porque el titular del mismo dejó de hacerlo.
Como estoy de acuerdo con su punto de vista del caso, me parece genial la postura, porque además es la realidad, así que la demanda a Viviendas Municipales de Bilbao la pondrá mi abogada de turno de oficio en breve para que no se pase el plazo de dos meses para interponerla ¿Qué me ocurrirá después? pues de momento y de nuevo... a la espera, como durante estos 11 años.
Desde luego que esta espera es un algo más tranquila que la vivida hace unos meses "Es todo muy tranquilizador", y también que hace 11 años "Lo que el tiempo se llevó", me sigue pareciendo un despropósito y un "Para mear y no echar gota" que una entidad de ayuda social como es Vivienda Municipales de Bilbao, deje a una persona sin una "Solución habitacional" cuando ese es su trabajo.
Casi seguro que aunque la demanda a Viviendas Municipales de Bilbao prospere y la jueza o juez decida que si tengo derecho a una vivienda de alquiler social por la línea de carencia sobrevenida, me pasará como la vez anterior; hasta que no tenga una notificación con la fecha de lanzamiento, no podré tramitar nada. Esa es la otra línea a seguir, la de esperar a que me vuelvan a dar una fecha en la que dejar mi casa y yo tenga que pedir otra vez justicia gratuita para ver si puedo hacer algo en el juicio verbal a través del cual me solicitarán que me vaya de mi casa.