Bueno, ya tengo la noticia de que ha sido desestimada la demanda que ha impuesto mi abogada de oficio a Viviendas Municipales de Bilbao por haberme denegado una vivienda de alquiler social (Para mear y no echar gota) por la vía de "carencia de vivienda sobrevenida".
En principio pensé en solicitar ayuda del Ararteko (que aún no lo descarto), pero finalmente he vuelto a solicitar vía online una vivienda por desahucio en los siguientes términos (nº de caracteres limitados, por lo que he tenido que obviar mucha información):
El texto escrito era el siguiente:
Buenas tardes,
Hace 13 años que estoy con el problema del desahucio de mi
casa y tramité todas las gestiones con la entidad para la solicitud de una
vivienda de alquiler social.
La abogada que me gestionó toda la tramitación me hizo saber
que la vía era la de "carencia de vivienda sobrevenida", para la cual
presenté toda la documentación que se requería y me mantuve a la espera de la
fecha de lanzamiento, tal y como me comunicó la abogada de Viviendas
Municipales.
Pasaron los años y el piso finalmente fue adjudicado al
Banco Santander, que a su vez lo puso a nombre de una empresa que pasó a ser la
propietaria.
Este año 2024, me comunicó mi abogado que me llevaba el tema
del piso, que ya había fecha de lanzamiento para el 30 de mayo, por lo que me
puse en contacto de nuevo con vuestra entidad para tramitar lo que hiciera
falta.
Volví a estar con la abogada y con la asistenta social,
volví a presentar toda la documentación necesaria porque en mi caso, al tener
más de 5 años, no se había archivado la documentación presentada anteriormente.
Se activó la petición de una vivienda de alquiler social por
la vía recomendada por la propia abogada, "carencia de vivienda
sobrevenida" y cuál fue la sorpresa al ser denegada a un mes de la fecha
de lanzamiento. Se me comunicó la desestimación y que podría hacer alegaciones,
por lo que llamé por teléfono para saber qué pasaba, si la desestimación era
correcta porque no sabía en qué podía haber incurrido para que la desestimaran
y que por favor alguien me ayudara en qué alegaciones tenía que presentar; la respuesta
fue que no me iban a ayudar allí y que tenía la opción de no presentar
alegaciones o que pidiera cita para ello y fuera con ellas ya hechas.
Al insistir que no sabía por donde empezar, me aconsejaron
ir a mi asistenta social de base, cosa que hice y no supo como ayudarme por
desconocimiento.
Me metí a internet, busqué el Reglamento General de
Viviendas Municipales e hice unas alegaciones con respecto a lo que entendí que
pasaba; fueron nuevamente denegadas y se me instó en el burofax a esperar al
desahucio o interponer una demanda en los juzgados.
En el tiempo de espera a la respuesta a mis alegaciones, mi
abogado consiguió paralizar la fecha de lanzamiento del jueves día 30 de mayo
(noticia de esta suspensión el mismo lunes de la semana del desahucio) y
permanezco a la espera de recibir nuevamente una fecha de lanzamiento de la
nueva empresa que ha comprado la vivienda.
La respuesta de a mis alegaciones la recibí en junio, una
semana después de la supuesta fecha de lanzamiento.
Ni qué decir tiene la situación de desamparo vivida durante
la espera a respuesta a las alegaciones que había que hacer y la nueva espera a
la respuesta a las misma, si soy sincera, me pareció un enorme despropósito
porque yo sólo hice lo que se me instó a hacer y luego nadie estuvo para
decirme que eso no procedía y que había que buscar otra salida, ¡tremendo el
desamparo vivido!
Asesorada ante la respuesta a mis alegaciones, pedí abogada
de oficio y puse demanda para que se me concediera una vivienda de alquiler
social, porque me había sido denegada porque no era la titular del crédito
hipotecario, aunque fuera la propietaria de la vivienda en el momento de la
adjudicación de la misma a la empresa del Banco Santander. La demanda ha sido nuevamente
desestimada.
Con estos antecedentes procedo a hacer nuevamente petición
de una vivienda de alquiler social, no sé por qué vía, que evidentemente no
puede ser la de “carencia de vivienda sobrevenida”. Esta petición ya la hice en
mis alegaciones porque desconozco qué puedo hacer.
Esperando una pronta respuesta, un saludo cordial
PD- Tengo toda la documentación necesaria para demostrar que
lo que digo es la realidad.
Sin más comentarios al respecto; esperar a ver cuando me llaman o me dan cita.
Mientras decir que mi no casa ha sido vendida a una nueva empresa, la cual será la que a partir de ahora me comunique los siguientes trámites, que seguro será solicitar de nuevo en el 2025 una fecha de lanzamiento, a la cual mi abogada de oficio, que se ha prestado voluntaria al llevarme el tema de esta demanda, hará alegaciones para poder paralizar de nuevo la fecha de lanzamiento, según me ha dicho la IA, hasta el 2028, aunque también he leído que finaliza la prórroga de desahucio este mes de diciembre. Sea cuando fuere, sólo puedo estar agradecida que aún tenga la casa para poder vivir en ella sin que sea mía desde el 2016
No sé, esperaré a ver que ocurre, lo único que tengo claro es que ha sido desestimada la demanda a Viviendas Municipales de Bilbao porque no era la titular del crédito hipotecario y por lo tanto la vía de solicitud de "carencia de vivienda sobrevenida! no procede aunque fuera la propietaria de la vivienda adjudicada al Banco Santander, luego a una empresa suya y ahora a la nueva empresa ¿Qué me traerá el año 2025? ¡Sorpresa!