Es una de las noticias estos días, los desahucios y sus prórrogas. Así como en la entrada de Entendiendo mi no desahucio explico como está la ley para viviendas en propiedad (como fue mi caso), en este explico que también hay noticias en las prórrogas de desahucios en pisos de alquiler ¡importante porque hay muchos!
Con el estado de alarma inicial hubo que ponerse en el lugar de mucha gente a la que los efectos económicos tan devastadores han dejado en un lugar de indefensión y vulnerabilidad económica. Esto está regulado por el Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo (finalizó el 2 de octubre) que figura en el B.O.E. núm. 91- 01/04/2020.
Esta nueva normativa no está aún definida del todo (se quiere hacer para antes de Navidades) porque quieren atar todos los cabos para evitar diferencias de interpretación a nivel judicial (ya sabemos que la ley se puede interpretar de forma individual por cada juez). Decir que se incluyen en ella a los ocupas y a las familias en precario.
La acreditación de vulnerabilidad ya no tendrá que acreditarla el arrendatario, si no que lo harán los Servicios Sociales de donde se de cada caso. Esto lo harán a través de un informe y se dispondrá una solución para buscar un nuevo sitio donde vivir en el plazo de 3 meses como máximo y siempre y cuando siga el estado de alarma.
Los partidos que ahora les toca ponerse de acuerdo para que esto salga adelante, están también recogiendo la posibilidad de que entren también aquellas personas que antes de la pandemia ya estaban en estado de vulnerabilidad y con ella siguen igual o peor. Este fue uno de los puntos de controversia entre partidos, así como también lo fue el tema de corte de suministros (luz, agua, gas,...), pero en este sentido no se ha modificado nada en la enmienda al proyecto de presupuestos Generales del Estado.
Pero claro, como en todos los asuntos legales y de ayudas, hay que cumplir una serie de condicionantes para poder acogerse a estas prorrogas en los desahucios de pisos de alquiler y si os interesa conocerlas, acceder a esta publicación que os lo explican muy bien. Seguiré atenta a más noticias sobre el tema.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Eskerrik asko por tu interés en este blog