En el andar por la vida

En el andar por la vida, lo importante no es lo que sucede, sino cómo lo interpretamos.

viernes, 2 de mayo de 2014

Información sobre un procedimiento hipotecario

  • Esta entrada es meramente informativa, por eso el tono va a ser así, porque el asunto requiere que no nos perdamos en otras cosas que no sea la información sobre un procedimiento hipotecario, que me han dado.
  • Todo mi agradecimiento a un persona que a través del facebook me ha respondido a una parte de las preguntas que hacía en mi entrada l y me ha puesto un poco de claridad, además de brindarse a hablar conmigo y resolverme cualquier duda que tuviera en el futuro. 
  • No es posible quedar con ella para que me lleve mi caso porque está en Guadalajara y yo en Bilbao, pero lo bueno que tienen las vías de comunicación que hay ahora, es que te permiten estar en contacto en la distancia.
  • Os pongo los mensajes que he recibido para que si alguno necesitáis aclarar conceptos, lo podáis hacer, porque somos ignorantes del tema muchos de nosotros. Gracias Ana!!!

  • Hola Elo: te cuento un poco para disipar, en lo que pueda, tu dudas. El escrito que acompañas refiere a un procedimiento hipotecario... en éstos no hay embargos, la hipoteca que se ejecuta quedó constituida cuando la firmaste en el notario y se inscribió en el registro de la propiedad. En dicha escritura se fijó un valor de tasación a efectos de subasta, que es por el que la finca saldrá a subasta y en caso de tratarse de vivienda habitual el banco o quien puje se la quedará por el 70 % de ese valor.., y sigo
  • Si no es vivienda habitual se la pueden quedar por el 50 % o por lo adeudado, sino pujara nadie en la subasta....
  • Las trabas procesales que tú les llamas, son un derecho que podías haber ejercitado dentro de los 10 días desde que te requieren de pago.....


  • Aun así, yo intentaría en cualquier caso, dependiendo de las cláusulas de tu escritura de hipoteca: vencimiento anticipado, cláusulas suelo, intereses de demora. ... ver si son cláusulas abusivas e intentar un incidente de nulidad de las mismas


  • Esto debería haberse hecho en los diez días que tenías para oponerte..., pero que tu abogado mire a ver, siempre que sea vivienda habitual, 
  • Si te están aplicando como intereses de demora más de 3 veces interés legal del dinero, que ahora esta en un 4% y si como costas han presupuestado más de un 5%, pues tras la ley 1/13, en vivienda habitual no pueden pasarse se ahí u se les puede obligar a recalcular cantidades. ... en cualquier caso lo más importante que tienes que ver es cual es el valor de tasación que te figura en la escritura, por si con el 70% si es vivienda habitual, quedara cubierta la deuda.... Amen de esto, no se si en su día intentaste que te aplicaran el código de buenas prácticas para, de haber cumplido los requisitos, haber intentado la dación en pago.... Comenta todo esto a tu Abogado a ver que te dice.... Un abrazo,

Para saber las condiciones del préstamo vete al Registro de la propiedad y pide una literal extensa de la finca cuyo número consta en la escritura de donación. .... Una certificación literal extensa de dominio y cargas contiene toda la vida de la escritura.... Si está a tu nombre y vas al registro con tu dni y los datos de la calle también te la dan..., puede costarte entre 20 y 50 € aproximadamente.., y ahí veras todos los pactos de la escritura.

Además también puedes pedir una copia simple en la Notaria donde se firmó al tener interés legítimo como nueva dueña, lo cual tendrás que acreditar con tu escritura... los datos te vendrán en el apartado cargas de tu escritura.
En cualquier caso, además, si ru procurador está personado en el procedimiento tienen que tener acceso a la demanda y a la escritura que se está ejecutando...

Dices que la adquiriste por donación. ..¿te subrogaste en la hipoteca pendiente????

Y si hay un menor, ¿en el convenio regulador se te atribuyó el uso junto al menor?
Si es así inscribe el convenio en el registro o preséntalo al Juzgado para intentar imponerlo en aras de evitar un futuro alzamiento hasta la mayoría de edad de tu hijo..., algunos Juzgados lo consideran, aunque otros no.....

¿Tú eres parte demandada como prestataria o no?

El lunes intenta contestarme a todas esas preguntas para hacerme una composición de lugar, vale?????


Añado lo que piensa de mi caso tras saber algún dato más aportado en

  • Hola Elo:
  • 1.- En primer lugar, los abogados de oficio no se te ofrecen gratuitamente, te los designan y les paga, una mierda, la administración.
    2.- Lo que acompañas es una nota simple, donde solo viene un escueto resumen de las cargas pero no todas la
    s cláusulas, aunque al no ser tú la prestataria no puedes pedir tú la nulidad de las mismas por abusivas a efectos de sobreseer el procedimiento, tendría que hacerlo tu ex, es decir, el prestatario deudor. Tú como propietario actual te puedes personar para pagar y para que se te devuelva el exceso, si existe, tras la adjudicación.... 
  • Me preocupa lo de la vivienda habitual pues si en algún momento lo fue de toda la familia antes del divorcio, tenéis que hacer valer que sigue siendo vivienda habitual del resto de la familia, sobre todo por el menor....pues si se considera vivienda habitual, el 70% de la tasación (204.848 €) serían 143.393,60 € teniendo que poner a disposición del deudor la diferencia de lo adeudado hasta esa cantidad, y en este caso al ser tuyo el inmueble tendrías que solicitar que se devolviera a ti.... Además al ejecutar la hipoteca se cancelaría registralmente el embargo que tienes después....,que no significa que no te lo vayan a reclamar por otro lado.....
  •  Si no se considera vivienda habitual en banco se podría quedar la vivienda habitual por lo que se le adeuda o por el 50% del valor de tasación...., de ahí la importancia de que sea considerada vivienda habitual de la familia del prestatario.....
  • Por lo demás, por lo que me cuentas, no cumples los requisitos de especial vulnerabilidad (familia numerosa, o de la que forme parte un menor de 3 años, o con un discapacitado, familia monoparental con 2 hijos a cargo, víctima de violencia de géneroademás de cumplir alguno de esos requisitos no ganar, la totalidad de los miembros de la unidad familiar más de 3 veces el Iprem (esto es más de 3 veces 540-550 €, no recuerdo exactamente a cuanto está ahora). Que la cuota de la hipoteca suponga el 50% de los ingresos, etc.... Esos requisitos conforman las condiciones del umbral de exclusión para la aplicación del código de buenas prácticas y entre otras cosas poder permanecer hasta dos años en la vivienda tras la adjudicación..... Pero entiendo que no es tu caso por lo que cuentas......
  • No se lo que lleváis pagado de hipoteca pero de quedar alguna deuda pendiente de la hipoteca, al menos no te la reclamarán a ti si no al prestatario.
  •  En cuanto a los plazos desde la subasta, adjudicación, tasación de costa y liquidación de intereses, depende del Juzgado pero se te puede ir a más de seis-nueve meses o más; pero yo intentaría jugar la baza del menor, poniendo en conexión la estipulación del domicilio conyugal con la de la guarda y custodia.
  • Y si tienes buena relación con tu ex, decirle que intente interponer un incidente de nulidad por cláusulas abusivas en la hipoteca, aunque no se si os lo admitirán por extemporáneo; pero ahora los Juzgados están bastante sensibilizados con estos temas....
  • Otra cosa, lo que si tienes que mirar es, haciendo valer que es vivienda habitual, si la ejecución se despacha por en principal que sea, más un máximo del 12 %, es decir de 3 veces el interés legal del dinero, y un 5% para costas, si han peticionado más podéis pedir que recalculen la deuda.....
    •  Esto se lo tienes que comentar a tu abogado y lo suyo es que éste contactara con el de tu ex para llevar una estrategia común.

    • Eloisa Osta Gracias, por los pasos que vas marcando. si ha sido vivienda habitual familiar, aunque no estuvimos casados, si pareja de hecho que luego deshicimos, aunque creo que no afecta este dato porque las parejas de hecho tienen los mismo privilegios que en el matrimonio.

¡Esta ha sido ayuda real para ayudarme!, primero darme información sobre un procedimiento hipotecario y luego preguntar cosas en concreto sobre mi caso para poder valorar como poder hacer las cosas.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Eskerrik asko por tu interés en este blog